ACUERDO GUBERNATIVO 191-98
Reforma al Acuerdo Gubernativo 107-96 que modificó el Acuerdo Gubernativo 854-91 Relativo a las Disposiciones Reglamentarias para el expendio y consumo de bebidas alcohólicas, fermentadas o destiladas.
*Derogado por el artículo 6 del Acuerdo Gubernativo 148-2002 del Presidente de la República
ACUERDO GUBERNATIVO No. 191-98
Palacio Nacional: Guatemala, 13 de abril de 1998.
Presidente de la República de Guatemala.
CONSIDERANDO:
Que para cumplir la finalidad del Acuerdo Gubernativo No. 107-96, de fecha 25 de marzo de 1996, que modificó el Acuerdo Gubernativo No. 854-91 de fecha 14 de noviembre de 1991 el cual contiene disposiciones para el expendio y consumo de bebidas alcohólicas, fermentadas o destiladas, es necesario introducirle las modificaciones que se juzgan pertinentes, a efecto de garantizar la positividad de sus normas y la protección de las personas, cumpliendo así con el mandato constitucional de velar por los intereses de toda la población de la República.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le atribuye el artículo 183 incisos a) y e) de la Constitución Política de la República, y con fundamento en los artículos 1, 2, 3, 43 y 182 de la citada Constitución.
EN CONSEJO DE MINISTROS
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