ACUERDO GUBERNATIVO 76-2025
Se acuerda conceder permiso laboral con goce de salario el día viernes dos de mayo del año dos mil veinticinco, a los servidores públicos que prestan sus servicios en las entidades centralizadas y descentralizadas de la administración pública.
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 76-2025
Guatemala, 25 de abril de 2025
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República de Guatemala, confiere las funciones y atribuciones al Presidente de la República, quien por disposición de la ley es la autoridad administrativa superior del Organismo Ejecutivo y ejerce la máxima autoridad del Servicio Civil, correspondiéndole otorgar las condiciones que permitan a los servidores públicos ejercer sus derechos.
CONSIDERANDO
Que el Decreto Número 1748 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Servicio Civil, establece que dentro de los días de asueto con goce de salario se encuentra el uno de mayo; por lo que, en conmemoración del Día del Trabajo, se estima conveniente conceder permiso laboral con goce de salario a los servidores públicos, el día viernes dos de mayo del año dos mil veinticinco.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confieren las literales e) y n) del artículo 183 de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en los artículos 5 y 6 del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo, y los artículos 8 y 69 del Decreto Número 1748 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Servicio Civil.
ACUERDA
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