ACUERDO 9-2019
Se Acuerda Adicionar Un Párrafo Al Numeral 8 Del Artículo 3 Del Acuerdo De Directorio Número 11-2001 Del Directorio De La Superintendencia De Administración Tributaria.
ACUERDO DE DIRECTORIO NÚMERO 9-2019
El Secretario del Directorio de la Superintendencia de Administración Tributaria, CERTIFICA: Que ha tenido a la vista el Acuerdo de Directorio Número 9-2019, emitido por este Órgano Colegiado, en su sesión del día diecisiete de mayo del año 2019, en el punto número 9, de la sesión número 35-2019, que se transcribe a continuación:
ACUERDO DE DIRECTORIO NÚMERO 9-2019
EL DIRECTORIO DE LA SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
CONSIDERANDO
Que al amparo del artículo 33 literal b) de la Ley Orgánica de la Superintendencia de Administración Tributaria, Decreto 1-98 del Congreso de la República de Guatemala, el Directorio emitió el Acuerdo Número 11-2001, de fecha 14 de agosto de 2001, que faculta a la SAT para efectuar el cobro de los ingresos no tributarios generados por los servicios que presta;
CONSIDERANDO:
Que la Intendencia de Aduanas, la Intendencia de Asuntos Jurídicos, la Intendencia de Recaudación, la Gerencia Administrativa Financiera y la Secretaría General, mediante Dictamen Conjunto DCC-SAT-23-2019 de fecha 16 de mayo de 2019, dé manera conjunta opinan que es legal, administrativa y financieramente viable, que la Superintendencia de Administración Tributaria modifique el Acuerdo de Directorio Número 11-2001, regulando que no procede el cobro de parqueo prestado por el Servicio Aduanero en situaciones específicas no imputables a los usuarios obligados a pagar el parqueo, ni a la Superintendencia de Administración Tributaria, las cuales serán calificadas por el Superintendente de Administración Tributaria, mediante resolución, previo informe de la Autoridad Aduanera.
POR TANTO:
Con base en lo que establece el artículo 237 tercer párrafo de la Constitución Política de la República de Guatemala; los artículos 1, 3 literal p), 7 literales a) y o) y 33, literal b) de la Ley Orgánica de la Superintendencia de Administración Tributaria, Decreto Número 1-98 del Congreso de la República de Guatemala.
ACUERDA:
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