ACUERDO 19-2019
Se Acuerda Modificar El Artículo 1 Del Acuerdo 2-2019 De La Corte Suprema De Justicia.
*Derogado por el Acuerdo 39-2019 de fecha 02 de Agosto del 2019
ACUERDO NÚMERO 19-2019
CONSIDERANDO
Que la administración de justicia requiere la ubicación razonable y estratégica de los órganos jurisdiccionales para garantizar a la población el acceso a la justicia pronta y cumplida impartida por magistrados y jueces.
CONSIDERANDO
Que es facultad de la Corte Suprema de Justicia emitir las disposiciones pertinentes para hacer efectivo y eficaz el funcionamiento de cada uno de los órganos jurisdiccionales creados y distribuir la competencia por razón de la materia, cuantía y territorio.
CONSIDERANDO
Que es facultad de la Corte Suprema de Justicia distribuir la competencia territorial y reglamentar el funcionamiento, organización, administración y distribución de los jueces de Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente de Primera Instancia, Tribunales de Sentencia, Salas de las Corte de Apelaciones y Jueces de Ejecución en la forma conveniente.
CONSIDERANDO
Que para tramitarse actos de investigación y diligencias urgentes en los departamentos de Suchitepéquez, Retalhuleu, San Marcos, Huehuetenango, Totonicapán, Quiché y Sololá, respecto a los delitos de extorsión, exacciones intimidatorias y obstrucción extorsiva de tránsito, tienen que ser solicitadas al Juzgado de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente en procesos de Mayor Riesgo con sede en el municipio y departamento de Quetzaltenango, siendo la distancia un factor que causa problema en el cumplimiento de diligencias urgentes y de accesibilidad a la justicia, por lo que, para facilitar el acceso, se hace necesario modificar el Acuerdo 2-2019 de la Corte Suprema de Justicia.
POR TANTO
Con base en lo considerando y lo que preceptúan los artículos 203, 204 y 205 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 52, 53, 54 a) y f) , 57, 58, 62, 77, 94 y 95 de la Ley del Organismo Judicial, Decreto 2-89 del Congreso de la República de Guatemala; 187, 190 y 257 del Código Procesal Penal, Decreto 51-92 del Congreso de la República de Guatemala.
ACUERDA
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