ACUERDO GUBERNATIVO 299-2017
Se acuerda aprobar la ampliación del presupuesto de ingresos y egresos del Crédito Hipotecario Nacional De Guatemala -CHN- correspondiente al ejercicio fiscal 2017
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 299-2017
Guatemala, 27 de diciembre de 2017
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, aprobado para cada ejercicio fiscal, de conformidad con lo establecido en la misma, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible, destinado exclusivamente a cubrir sus egresos.
CONSIDERANDO
Que El Crédito Hipotecario Nacional de Guatemala -CHN-, de conformidad al Artículo 8 del Decreto Número 25-79 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica de El Crédito Hipotecario Nacional de Guatemala y el Acuerdo Gubernativo de Presupuesto Número 17-2017 de fecha 26 de diciembre de 2017, solicitó autorización a una ampliación a su Presupuesto de Ingresos y Egresos para el Ejercicio Fiscal dos mil diecisiete, con el propósito de fortalecer el patrimonio del CHN, específicamente para constituir las reservas mínimas necesarias para cubrir los riesgos identificados con dicho banco.
CONSIDERANDO
Que el Decreto Numero 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, establece que las modificaciones y transferencias de los presupuestos de las entidades descentralizadas, se realizarán por medio de Acuerdo Gubernativo cuando se amplíe o disminuya el presupuesto de las citadas entidades, previa opinión del Ministerio de Finanzas Públicas.
CONSIDERANDO
Que al tenor de lo preceptuado en los artículos 13, 29 y 29 Bis el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, la asignación presupuestaria no obliga a la realización del gasto y las autoridades de El Crédito Hipotecario Nacional de Guatemala -CHN-, serán autorizadores de egresos en cuanto a su respectivo presupuesto, por lo que, queda bajo su responsabilidad la ampliación presupuestaria propuesta y la utilización correcta del crédito aprobado en el presente Acuerdo.
CONSIDERANDO
Que se llenaron los requisitos legales correspondientes y tomando en cuenta el Dictamen Número 806 de fecha 27 DIC 2017 emitido por la Dirección Técnica del Presupuesto y la Resolución Número 463 de fecha 27/12/2017, Ministerio de Finanzas Públicas.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confieren las literales e) y q) del Artículo Número 183, de la Constitución Política de la República de Guatemala; el Artículo 41 del Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto; y el Artículo 44 del Acuerdo Gubernativo Número 540-2013, Reglamento de la citada Ley.
ACUERDA
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