ACUERDO MINISTERIAL 838-2007
Se crea en cada uno de los veintidós departamentos de la República de Guatemala, una Unidad de Desarrollo Cultural Local.
*Derogado por el artículo 8 del Acuerdo Ministerial No. 211-2008, del Ministro de Cultura y Deportes de fecha 31-03-2008
ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 838-2007
Guatemala, 26 de noviembre de 2007.
EL MINISTRO DE CULTURA Y DEPORTES
CONSIDERANDO:
Que es obligación primordial del Estado proteger, fomentar y divulgar la cultura nacional, emitir las leyes y disposiciones que tiendan a su enriquecimiento, restauración, preservación y recuperación; y el Ministerio de Cultura y Deportes, como ente rector de las políticas culturales y deportivas nacionales, encargado de administrar descentralizadamente el fomento, promoción y extensión cultural y artística, a través del desarrollo cultural.
CONSIDERANDO:
Que es necesario crear las Unidades de Desarrollo Cultural Local en los Departamentos de la República de Guatemala, en concordancia con el mandato de las Políticas Culturales y Deportivas Nacionales y el Plan Nacional de Desarrollo Cultural a Largo Plazo, para la consolidación de los procesos de descentralización y desconcentración de las funciones del Estado.
POR TANTO:
Con base en lo considerado y en cumplimiento de los artículos 57, 59, 65 y 194 incisos a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 25, 27 incisos a), f) y m), 31 de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto número 114-97 del Congreso de la República; 1, 2, 3, 4 y 7 incisos c), d) y e) del Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Cultura y Deportes, Acuerdo Gubernativo número 354-2001.
ACUERDA:
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