ACUERDO MINISTERIAL 211-2008
Acuerda crear en cada departamento de la República de Guatemala Unidades de Desarrollo Cultural Local, tomando en cuenta a las Comunidades Lingüísticas existentes en más de un departamento.
*Derogado por el artículo 4, del Acuerdo Ministerial 314-2021
ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 211-2008
Guatemala, 31 de marzo de 2008
EL MINISTRO DE CULTURA Y DEPORTES
CONSIDERANDO:
Que es obligación primordial del Estado proteger, fomentar y divulgar la cultura nacional, emitir las leyes y disposiciones que tiendan a su enriquecimiento, restauración, preservación y recuperación; y el Ministerio de Cultura y Deportes, como ente rector de las políticas culturales y deportivas nacionales, es el encargado de administrar descentralizadamente el fomento, promoción y extensión cultural y artística, a través del desarrollo cultural.
CONSIDERANDO:
Que es necesario crear las Unidades de Desarrollo Cultural Local en los Departamentos de la República de Guatemala, para la atención de las diferentes comunidades lingüísticas, en concordancia con el mandato de las Políticas Culturales y Deportivas Nacionales y el Plan Nacional de Desarrollo Cultural a Largo Plazo, para la consolidación de los procesos de descentralización y desconcentración de las funciones del Estado.
POR TANTO:
Con base en lo considerado y con fundamento en los artículos 57, 58, 59, 65 y 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 25, 27 literales a), f) y m), 31 del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo; 2, 3, 4, 5, y 8 del Decreto Número 19-2003 del Congreso de la República, Ley de Idiomas Nacionales; y 1, 2, 3, 4 y 7 numerales 2), 3) y 4) del Acuerdo Gubernativo número 27-2008, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Cultura y Deportes.
ACUERDA:
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