ACUERDO  006-2003

Reforma el artículo 6 del Acuerdo de Directorio Número 11-2001, de fecha 16 de Agosto de 2001. Regula los cobros que la SAT realiza por los Productos que Vende y los Servicios que Presta

ACUERDO DIRECTORIO NÚMERO 006-2003

El Secretario del Directorio de la Superintendencia de Administración Tributaria, CERTIFICA: Que ha tenido a la vista el Acuerdo de Directorio No. 006-2003, emitida en la sesión del Directorio de fecha veintinueve de julio del año dos mil tres, documentada en el Acta No. 068-2003, que textualmente dice:

EL DIRECTORIO DE LA SUPERINTENDENCIA DE
ADMINISTRACION TRIBUTARIA

CONSIDERANDO:

Que el Acuerdo de Directorio número 11-2001, de fecha 16 de agosto de 2001, regula el cobro de los ingresos no tributarios, generados por servicios de certificación y otros que la Superintendencia de Administración Tributaria, presta por actividades accesorias a los tributos, debe ser de acuerdo a las actuales condiciones a efecto que compense el costo administrativo en que se incurre por la prestación de servicios al contribuyente, por los diferentes trámites que en el Registro Fiscal de Vehículos se realicen.

CONSIDERANDO:

Que es necesario normar debidamente lo relativo al cobro administrativo por los diferentes trámites que se realizan en el Registro Fiscal de Vehículos, debido principalmente a que los cobros vigentes no están de acuerdo a la realidad actual, ya que dichas tarifas vienen de hace varios años y que los mismos no compensan los costos en que incurre la Superintendencia de Administración Tributaria por la adquisición de documentos distintivos y los servicios que desarrolla la misma. Por lo que es conveniente reformar el artículo 6 del Acuerdo de Directorio número 11-2001, de fecha 16 de agosto de 2001.

POR TANTO:

Con base en lo que establece la Constitución Política de la República de Guatemala en el artículo 237, tercer párrafo; en ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 7 en las literales e), f) y l) y 33, literal b) del Decreto número 1-98 del Congreso de la República "Ley Orgánica de la Superintendencia de Administración Tributaria"; en atención a lo establecido en el artículo 31 del Decreto número 101-98 del Congreso de la República, "Ley Orgánica del Presupuesto"; lo estipulado en el artículo 20 del Acuerdo Gubernativo número 240-98" Reglamento de la Ley Orgánica del Presupuesto"; lo prescrito en el Artículo 4 del Acuerdo Gubernativo número 867-2000, y de los artículos 26 y 27 del Decreto número 70-94 del Congreso de la República y sus reformas y los artículos 33 y 37 del Acuerdo Gubernativo número 111-95 Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre Circulación de Vehículos Terrestres, Marítimos y Aéreos.

ACUERDA:

 
...
Consultas:
  • Buscado: 3,339 veces.
  • Ficha Técnica: 121 veces.
  • Imagen Digital: 121 veces.
  • Texto: 120 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 15 veces.
  • Formato Word: 22 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu