ACTA MUNICIPAL  25-2020.9.7

Se acuerda modificar y ampliar el Acta Municipal número 02-2020.4 de fecha nueve de enero de dos mil veinte, en su artículo 1, inciso e).


ACTA NÚMERO 25-2020
PUNTO 9°. 7
SESIÓN ORDINARIA
FECHA 22 DE ABRIL DE 2020

CONCEJO MUNICIPAL: Villa Canales, 07 de mayo de 2020, En sesión Ordinaria celebrada el día 22 de abril del año 2020, en el punto 9°. 7 correspondiente al acta No. 25-2020. ...


EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA CANALES
DEPARTAMENTO DE GUATEMALA


CONSIDERANDO:

Que el artículo 72 del Decreto número 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala -Código Municipal-, establece: Servicios públicos municipales. El municipio debe de regular y prestar los servicios públicos municipales de su circunscripción territorial y, por lo tanto, tiene competencia para establecerlos, mantenerlos, ampliarlos y mejorarlos, en los términos indicados en los artículos anteriores, garantizando un funcionamiento eficaz, seguro y continuo y, en su caso, la determinación y cobro de tasas y contribuciones equitativas y justas. Las tasas y contribuciones deberán ser fijadas atendiéndolos costos de operación, mantenimiento y mejoramiento de calidad y cobertura de servicios.


POR TANTO:

Con base en lo considerado, y en lo que para el efecto establecen los artículos 253, 254 y 255 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 3, 9, 33 y 35 del Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala -Código Municipal-, este Cuerpo Colegiado por mayoría


ACUERDA:

 
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