ACUERDO MINISTERIAL 457-2013
Se acuerda reformar el Artículo 2, del Acuerdo Ministerial No. SP-M-2338-2005.
ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 457-2013
Guatemala, 5 de abril de 2013
EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL
CONSIDERANDO:
Que mediante Acuerdo Ministerial Número SP-M-2338-2005, de fecha veintinueve de agosto del dos mil cinco, se crearon las Áreas de Salud del Departamento de Guatemala, siendo divididas en Área de Salud Guatemala Nor Oriente; Área de Salud Guatemala Sur; Área de Salud Guatemala Nor Occidente y Área de Salud Guatemala Central, en el que se estableció la forma en que quedaba integrada y distribuida cada Área de Salud, de acuerdo a los municipios que se les asignaron y la sede en donde deberían ejercer jurisdicción;
CONSIDERANDO:
Que la sede que actualmente ocupa el Área de Salud Guatemala Nor Oriente, sus instalaciones no son apropiadas para el número de personas que prestan sus servicios, al producirse hacinamiento en las distintas oficinas del edificio, problema que se extiende en el almacenamiento de los insumos, como vacunas, artículos de limpieza, área de parqueo y de transporte, los cuales son inadecuados; además de que las pocas bodegas con que cuenta poseen filtraciones que en determinado momento pueden producir deterioro de los insumos que se almacenan, todo lo cual ha sido objeto de reparo por la Contraloría General de Cuentas, y siendo que la salud es responsabilidad del Estado y de interés nacional, se hace necesario emitir el Acuerdo Ministerial, que permita a las Áreas de Salud del Departamento de Guatemala, cambiar de sede cuando se encuentren en situaciones como la que está afrontando el Área de Salud Guatemala Nor Oriente;
POR TANTO:
En el ejercicio de las funciones que le confiere el Artículo 194 literales a) f) e i) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en el Artículo 27 literales a), f) y m) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo;
ACUERDA:
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