ACUERDO MINISTERIAL 556-2009
Se acuerda modificar el Acuerdo Ministerial 525-2009.
ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 556-2009
Guatemala, 6 de agosto del 2009
EL MINISTRO DE CULTURA Y DEPORTES
CONSIDERANDO:
Que por medio de Acuerdo Ministerial Número 525-2009, de fecha veintiuno de julio del año dos mil nueve publicado en el Diario de Centro América el cinco de agosto de dos mil nueve, se aprobó, declarar Patrimonio Cultural de la Nación, el Predio de carácter comunal no declarado e inscrito a nombre del Estado, que ocupa la Aldea Cojaj del municipio de San Pedro Carchá del departamento de Alta Verapaz, con un área de once mitones cuatrocientos ochenta y cuatro mil quinientos cuarenta y un metros cuadrados, equivalente a dieciséis millones cuatrocientos treinta y seis mil ciento una varas cuadradas (11484541 Mts.2 = 16436101 Vrs.2 ), por constituir lugar sagrado ancestral, a fin de conservar y preservar su valor espiritual y religioso dentro de la Cosmovisión Maya, como bienes únicos e irremplazables de la identidad del pueblo de San Pedro Carchá y de los pueblos que conforman Guatemala.
CONSIDERANDO:
Que en el Acuerdo Ministerial antes citado, por un error involuntario y de interpretación, se consignó mal el área del predio de carácter comunal no declarado e inscrito a nombre del Estado, que ocupa la Aldea Cojaj del Municipio de San Pedro Carchá del departamento de Alta Verapaz, siendo la correcta un mil ciento cuarenta y ocho punto cuatro mil quinientos cuarenta y un metros cuadrados (1148.4541 Mts.2 ) equivalente a un mil seiscientos cuarenta y tres punto seis mil ciento una varas cuadradas (1643.6101 Vrs.2 ), según levantamiento topográfico que obra dentro del expediente respectivo, razón por la cual se hace necesario emitir el presente Acuerdo Ministerial de Modificación, en el sentido que sus efectos legales siguen siendo los mismos y únicamente se esta modificando lo que respecta al área del inmueble.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194 literal a), f) e i) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 1, 2, 3, 4, 5, 6, 9, 25, 26 y 28 de la Ley para la Protección del Patrimonio Cultural de la Nación; 27 literal a), i) y m) y 31 literal b) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; y 7 del Acuerdo Gubernativo número 27-2008 de fecha 10 de enero del 2008, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio, de Cultura y Deportes.
ACUERDA:
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