ACUERDO GUBERNATIVO  27-2004

Creación, Conformación y funcionamiento de la Comisión Sectorial de Estadística del Trabajo para el Sistema Integrado de Información Estadística de las Relaciones Laborales en Guatemala.

*Derogado por artículo 25 del Acuerdo Gubernativo número 285-2004

ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 27-2004

Guatemala, 12 de enero de 2004.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que el régimen laboral del país descansa sobre el principio de justicia social, que una paz firme y duradera debe cimentarse sobre un desarrollo socioeconómico orientado al bien común que responda a las necesidades de toda la población. Que el Estado debe democratizarse para ampliar estas posibilidades de participación y fortalecerse como orientador del desarrollo nacional, como legislador, como fuente de inversión pública y prestatario de servicios y como promotor de la concertación social y de la resolución de conflictos.

CONSIDERANDO:

Que Guatemala ratificó el trece de junio de mil novecientos ochenta y nueve el Convenio 144 de la Organización Internacional del Trabajo sobre la Consulta Tripartita adoptado por la Conferencia Internacional del Trabajo el 21 de junio de 1976.

CONSIDERANDO:

Que todo miembro de la Organización Internacional del Trabajo que ratifique el Convenio sobre la Consulta Tripartita para la aplicación de normas internacionales del trabajo, se comprometerá a poner en práctica procedimientos que aseguren las consultas efectivas entre los representantes del Gobierno, de los empleadores y de los trabajadores sobre los asuntos relacionados con las actividades de la Organización Internacional del Trabajo, así como para fortalecer las relaciones laborales.

CONSIDERANDO:

Que se debe promover y contribuir a crear las mejores condiciones para la participación efectiva de las organizaciones de empleadores y trabajadores concerniente a las normas internacionales del trabajo y en la discusión de los asuntos que se estime de interés para fortalecer las relaciones laborales del país.

POR TANTO:

En ejercicio de las facultades que le confiere el Artículo 183 inciso a) y e) de la Constitución Política de la República de Guatemala;

ACUERDA:

Crear la siguiente,

COMISIÓN TRIPARTITA SOBRE ASUNTOS INTERNACIONALES
DE TRABAJO

CAPITULO I

CREACIÓN, INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

 
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