ACUERDO GUBERNATIVO  1-2024

Se acuerda aprobar la distribución analítica del presupuesto general de ingresos y egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2024.


ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 1-2024

Guatemala, 1 de enero de 2024


El Presidente de la República,


CONSIDERANDO

Que, de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala, Artículo 171 literal b) que establece: "... si al momento de iniciarse el año fiscal, el presupuesto no hubiere sido aprobado por el Congreso, regirá de nuevo el presupuesto en vigencia en el ejercicio anterior, el cual podrá ser modificado o ajustado por el Congreso."


CONSIDERANDO

Que por medio del auto de fecha 18 de diciembre de 2023, dictado por la Corte de Constitucionalidad, en calidad de Tribunal Extraordinario de Amparo, dentro de los amparos acumulados 7258-2023 y 7343-2023, decretó el amparo provisional, siendo su efecto la suspensión temporal de la aprobación por parte del Congreso de la República de Guatemala, del Decreto Número 18-2023, Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2024 y lo actuado con posterioridad; en ese sentido, al no haberse emitido a la fecha una resolución definitiva en los amparos relacionados, deberá aplicarse la norma constitucional citada en el primer considerando, por lo que regirá de nuevo el presupuesto en vigencia en el ejercicio anterior. De tal cuenta, el presupuesto vigente para el Ejercicio Fiscal 2024, es el aprobado por el Congreso de la República de Guatemala mediante el Decreto Número 54-2022, más las ampliaciones o disminuciones que hayan sido autorizadas mediante Decretos del Organismo Legislativo.


CONSIDERANDO

Que el Decreto Número 54-2022 aprobó el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2023, vigente para el Ejercicio Fiscal 2024 fue ampliado por el Congreso de la República de Guatemala mediante los Decretos Números 1-2023, 5-2023 y 10-2023, por lo que el monto del presupuesto para el Ejercicio Fiscal 2024 asciende a la cantidad de Q116,130,637,000.


CONSIDERANDO

Que para la ejecución presupuestaria, es necesario autorizar la distribución analítica que de conformidad con los clasificadores y categorías programáticas, desagregue hasta el último nivel las asignaciones autorizadas a las distintas Entidades, a fin de que las mismas, a través de los programas y proyectos que les han sido encomendados, realicen la administración pública que les compete, a favor de la sociedad guatemalteca.


CONSIDERANDO

Que en los Artículos 27 y 75 del Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, se establece que el Organismo Ejecutivo aprobará mediante Acuerdo Gubernativo la distribución analítica del presupuesto, y que anualmente debe elaborar un presupuesto analítico que contenga el detalle de puestos y sus respectivas remuneraciones, circunstancia por la cual es preciso emitir la normativa correspondiente, y regular los aspectos de ejecución presupuestaria para el ejercicio fiscal 2024.


POR TANTO

En ejercicio de las funciones que le confiere las literales e) y q) del Artículo 183 de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en los Artículos 27 y 75 que preceptúa el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto.


ACUERDA

 
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