DECRETO DEL CONGRESO 63-82
Se modifica el Artículo 7 del DC. 1448 ley de Fomento de Hipotecas Aseguradas FHA
DECRETO LEY NUMERO 63-82
El Presidente de la República,
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 7o. de la Ley del Instituto de Fomento de Hipotecas Aseguradas, contenido en el Decreto Número 1448 del Congreso de la República, fue modificado por el Decreto Ley Número 292, y posteriormente por el Decreto Ley Número 51-82;
CONSIDERANDO:
Que las reformas indicadas en el considerando que antecede, no se ajustan a los principios dinámicos que inspiraron la creación del Instituto de Fomento de Hipotecas Aseguradas, razones por las cuales es necesario modificar el Artículo 7o. de la mencionada ley, a efecto de adecuar dicha norma a la realidad actual,
POR TANTO,
En el ejercicio de las facultades que le confieren los Artículos 4o. y 26, inciso 14) del Estatuto Fundamental de Gobierno, modificado por el Decreto Ley Número 36-82,
DECRETA:
La siguiente modificación a la Ley del Instituto de Fomento de Hipotecas Aseguradas, Decreto Número 1448 del Congreso de la República, reformado por el Artículo 1o. del Decreto Ley Número 292.
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