DECRETO DEL CONGRESO 51-80
Se reforma al DC. 50-74 referente impuesto de Exportación Reformado por DC. 26-81 Arts. 1o., 2o. y 3o. Ver DC. 2-82 y DL. 42-85. (D. Comercial)
DECRETO NUMERO 51-80
El Congreso de la República de Guatemala,
CONSIDERANDO:
Que el cultivo del café constituye una actividad económica de interés nacional y de trascendental importancia para el desarrollo del país, por lo que es deber del Estado, proporcionar el apoyo necesario cuando, como en la actualidad, el desarrollo de dicha actividad confronte limitaciones de diversa índole;
CONSIDERANDO:
Que es necesario estimular la producción del café, revisando la tabla Impositiva que grava la exportación de dicho producto, adecuándola a los actuales costos de producción y características de mercado, a efecto de mantener niveles satisfactorios de ocupación y de ingreso de divisas en dicho renglón.
POR TANTO,
En uso de las facultades que le confiere el inciso 1o. del artículo 170 de la Constitución de la República,
DECRETA:
Las siguientes:
REFORMAS AL DECRETO 50-74 DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA
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