ACUERDO GUBERNATIVO  235-2024

Se acuerda aprobar el Presupuesto de ingresos y egresos del Aporte para la Descentralización Cultural -ADESCA- para el Ejercicio Fiscal comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil veinticinco.

*Ampliado el presupuesto de ingresos y egresos por los artículos 1 y 2 del Acuerdo Gubernativo 94-2025.

ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 235-2024

Guatemala, 13 de diciembre de 2024

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado aprobado para cada Ejercicio Fiscal, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible destinado exclusivamente a cubrir sus egresos.

CONSIDERANDO

Que el Aporte para la Descentralización Cultural -Adesca-, con base a lo que establece el Decreto Número 95-96 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Creación del Aporte para la Descentralización Cultural -Adesca-, Artículo 8, Numeral 5, emite el punto PRIMERO del Acta Número 25-2024-CA-ADESCA del 09 de julio de 2024 del Consejo de Administración, por medio del cual aprueba el Proyecto de Presupuesto de Ingresos y Egresos de la referida Entidad, para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Veinticinco, con el propósito de someterlo a consideración y aprobación del Organismo Ejecutivo por conducto del Ministerio de Finanzas Públicas.

CONSIDERANDO

Que al tenor de lo preceptuado en el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, artículos 13, 29 y 29 Bis, los montos asignados no obligan a la realización de los gastos y las autoridades superiores del Aporte para la Descentralización Cultural -Adesca-, son autorizadores de egresos en cuanto a su presupuesto, por consiguiente, quedan responsables de la ejecución presupuestaria de ingresos y egresos de su Entidad, la cantidad formulada en su presupuesto y la utilización correcta de las asignaciones programadas para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Veinticinco; correspondiendo la fiscalización respectiva a la Contraloria General de Cuentas, de conformidad con el referido Decreto, Articulo 17.

CONSIDERANDO

Que se llenaron los requisitos legales correspondientes y tomando en cuenta el Dictamen Número 348 del 06 DIC 2024, emitido por la Dirección Técnica del Presupuesto y la Resolución Número 295-2024 del 10 DIC. 2024, del Ministerio de Finanzas Públicas.

POR TANTO

En ejercicio de las funciones que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala, Articulo 183, literales e) y q); y, con fundamento en lo que preceptúa el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, Articulo 40; y, el Acuerdo Gubernativo Número 540-2013, Reglamento de la citada ley, Artículo 43.

ACUERDA

 
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