ACUERDO GUBERNATIVO 302-2023
Se acuerda aprobar el presupuesto de ingresos y egresos del Instituto Nacional de Bosques -INAB-, para el Ejercicio Fiscal comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2024.
*Disminuido el presupuesto de ingresos y egresos correspondiente al Ejercicio Fiscal 2024, por el Acuerdo Gubernativo Número 93-2024.
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 302-2023
Guatemala, 14 de diciembre de 2023
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República de Guatemala preceptúa que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado aprobado para cada ejercicio fiscal, de conformidad con lo establecido en la misma, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible destinado exclusivamente a cubrir sus egresos.
CONSIDERANDO
Que la Junta Directiva del Instituto Nacional de Bosques -Inab-, con base en lo que establece el Decreto Número 101-96 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Forestal, Artículo 14, Inciso c), emitió la Resolución Número JD.01.25.2023 del 12 de julio de 2023, incluida en el Punto Quinto del Acta Número JD.25.2023, de fecha 10 de julio de 2023, por medio de la cual aprobó el Proyecto de Presupuesto de Ingresos y Egresos de la referida Entidad, para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Veinticuatro, con el propósito de someterlo a consideración y aprobación del Organismo Ejecutivo por conducto del Ministerio de Finanzas Públicas.
CONSIDERANDO
Que al tenor de lo preceptuado en el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, artículos 13, 29 y 29 Bis, la asignación no obliga a la realización de los gastos y las Autoridades del Instituto Nacional de Bosques -Inab-, serán responsables de la ejecución presupuestaria de ingresos y egresos de su Entidad, por lo que, quedan bajo su responsabilidad los montos programados y la utilización correcta de los recursos asignados para el ejercicio fiscal dos mil veinticuatro; correspondiéndole la fiscalización respectiva a la Contraloría General de Cuentas, de conformidad con el referido Decreto, Artículo 17.
CONSIDERANDO
Que se llenaron los requisitos legales correspondientes y se cuenta con el Dictamen Número 4 8 8 de fecha 11 DIC 2023, emitido por la Dirección Técnica del Presupuesto, así como la Resolución Número 421-2023 de fecha 13 DIC.2023, del Ministerio de Finanzas Públicas.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala, en el Artículo 183, literales e) y q); y con fundamento en lo que preceptúa el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, Artículo 40, y el Acuerdo Gubernativo Número 540-2013, Reglamento de la citada Ley, Artículo 43.
ACUERDA
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