ACTA MUNICIPAL  36-2023.10

Reglamento de tasas municipales aplicables en la jurisdicción del Municipio de Santa Catarina Mita, del Departamento de Jutiapa.


ACTA NÚMERO 36-2023 PUNTO DÉCIMO

Acuérdase APROBAR EL SIGUIENTE REGLAMENTO DE TASAS MUNICIPALES APLICABLES EN LA JURISDICCIÓN DEL MUNICIPIO DE SANTA CATARINA MITA, DEPARTAMENTO DE JUTIAPA,

EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE SANTA CATARINA MITA, DEPARTAMENTO DE JUTIAPA,


CERTIFICA:

Que para el efecto ha tenido a la vista el Libro de Hojas Móviles de Actas de Sesiones Ordinarias del Concejo Municipal Numero 13,092 Autorizado por la Contraloría General de Cuentas, Jutiapa, que se lleva en esta Municipalidad de Santa Catarina Mita, departamento de Jutiapa, en la que aparece el ACTA número 36-2023 de fecha veintitrés de agosto de dos mil veintitrés, Punto Resolutivo DECIMO: que copiado literalmente expresa:

DECIMO: REGLAMENTO DE TASAS MUNICIPALES APLICABLE EN LA JURISDICCIÓN DEL MUNICIPIO DE SANTA CATARINA MITA DEL DEPARTAMENTO DE JUTIAPA


CONSIDERANDO

Que de conformidad con la Constitución Política de la República, el Estado de Guatemala se organiza para proteger a la persona y la familia, siendo un fin supremo la realización del bien común, y son deberes del estado garantizar a los habitantes de la República la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz y el desarrollo integral de la persona, por lo que, para el cumplimiento de tales fines, es imperativo modernizar el ordenamiento jurídico de la administración municipal.


CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República reconoce y establece el nivel de gobierno municipal, con autoridades electas directa y popularmente lo que implica el régimen autónomo de su administración, como expresión fundamental del poder local, y que la administración pública será descentralizada, lo que hace necesario dar una mejor definición y organización al régimen municipal respaldando la autonomía en la carta magna consagra, para que en el marco de esta se promueva el desarrollo integral y el cumplimiento de sus fines.


CONSIDERANDO

Que el Código Municipal en su Artículo 35, reformado por el Artículo 7 del Decreto Legislativo 22-2010 en su literal i) regula como atribución general del Concejo Municipal; la emisión y aprobación de acuerdos, reglamentos y ordenanzas municipales. Así mismo en su artículo 100 en sus literales e), h), s), entre otras, expresan las fuentes de ingreso de las municipalidades.


CONSIDERANDO

Que el Decreto número 56-95 del Congreso de la República de Guatemala, faculta a las municipalidades de la república para que de conformidad con los reglamentos que emitan, puedan delimitar el área o aéreas que dentro del perímetro de sus poblaciones puedan ser autorizadas para el funcionamiento de establecimientos abiertos al público, previo cumplimento a todos los requisitos y normas legales vigentes.


CONSIDERANDO

Que se hace necesario regular todo lo relacionado al área administrativa en lo concerniente a las tasas municipales que, por ley y norma general, todos los vecinos deben apegarse acorde a las ordenanzas y reglamentos emitidos dentro del territorio jurisdiccional.


POR TANTO

En ejercicio de las funciones que le confiere el Artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala; el Código Municipal y sus reformas aprobadas en Decreto Legislativo 22-2010, el Concejo Municipal del municipio de Santa Catarina Mita, del Departamento de Jutiapa:


ACUERDA

Aprobar el siguiente:


REGLAMENTO DE TASAS MUNICIPALES APLICABLE EN LA JURISDICCIÓN DEL MUNICIPIO DE
SANTA CATARINA MITA, DEL DEPARTAMENTO DE JUTIAPA.


TITULO I
GENERALIDADES

 
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