ACUERDO MINISTERIAL 302-2023
Reformas al pliego tarifario de servicios portuarios de Puerto Quetzal.
ACUERDO MINISTERIAL No. 302-2023
Guatemala, 13 de marzo de 2023
EL MINISTRO DE COMUNICACIONES, INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA
CONSIDERANDO:
Que la Ley Orgánica de la Empresa Portuaria Quetzal, Decreto Ley 100-85 y su Reglamento contenido en el Acuerdo Gubernativo número 7-2010, de fecha 9 de enero de 2010, le confieren a la Empresa Portuaria Quetzal, la facultad de fijar, modificar y actualizar sus tarifas; las cuales para entrar en vigencia deben ser aprobadas mediante Acuerdo Ministerial, por conducto del Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda.
CONSIDERANDO:
Que mediante Acuerdo Ministerial número 822-2014, de fecha 9 de octubre de 2014, fueron aprobados los 14 artículos que contiene el Acuerdo de Intervención número 1-042-2014 de fecha 26 de agosto de 2014, el cual fijó el Pliego Tarifario por Servicios Portuarios de Puerto Quetzal; dicho Acuerdo Ministerial fue modificado mediante Acuerdos Ministeriales números 161-2015 de fecha 27 de febrero de 2015, el cual aprobó los 11 artículos del Acuerdo de Intervención número 1-001-2015, de fecha 7 de enero de 2015, cuyo objeto fue modificar el Acuerdo de Intervención 1-042-2014 antes relacionado y 2759-2018 de fecha 6 de diciembre de 2018 el cual aprobó los 6 artículos del Acuerdo de Junta Directiva de la Empresa Portuaria Quetzal número JD-4-57-2018 de fecha 29 de noviembre de 2018, mediante los cuales modifican el Pliego Tarifario por Servicios Portuarios de Puerto Quetzal, siendo necesario emitir la presente disposición ministerial.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 193, 194 y 201 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 22, 23, 27 incisos a), c), m) y 30 inciso i) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; y artículos 1 y 9 incisos h) y k) del Decreto Ley número 100-85, Ley Orgánica de la Empresa Portuaria Quetzal.
ACUERDA:
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