DECRETO LEY 100-85
Ley Orgánica de la Empresa Portuaria Quetzal
JEFATURA DE ESTADO
DECRETO LEY NUMERO 100-85
EL JEFE DE ESTADO,
CONSIDERANDO:
Que la construcción del Puerto Quetzal, tuvo como finalidad esencial dotar a Guatemala de un Puerto sobre la costa sur de la República que, incrementando el tráfico marítimo internacional, contribuya al mejoramiento económico y comercial de esa importante zona y del país en general;
CONSIDERANDO:
Que para la mejor explotación de dicho Puerto y eficiente prestación de los servicios, es necesario crear una entidad estatal, descentralizada y autónoma, con personalidad jurídica y patrimonio propio, emitiéndose con ese propósito la presente disposición legal.
POR TANTO:
En el ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 4º y 26 inciso 7) del Estatuto Fundamental de Gobierno, modificado por los Decretos Leyes números 36-82 y 87-83.
DECRETA:
La siguiente:
LEY ORGANICA DE LA EMPRESA PORTUARIA QUETZAL
TITULO I
CAPÍTULO I
CONSTITUCIÓN, NATURALEZA Y DOMICILIO
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