ACUERDO  603-2022

Reformas al Reglamento de la unidad especializada sobre medios de comunicación y estudios de opinión, Acuerdo número 307-2016.

ACUERDO NÚMERO 603-2022

EL TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL

CONSIDERANDO:

Que el Tribunal Supremo Electoral, es la máxima autoridad en materia electoral, es independiente y de consiguiente, no supeditado a organismo alguno del Estado, sus atribuciones están determinadas en la Ley Electoral y de Partidos Políticos;

CONSIDERANDO:

Que el Tribunal Supremo Electoral, procedió al análisis del contenido del Reglamento de la Unidad Especializada sobre Medios de Comunicación y Estudios de Opinión contenido en el Acuerdo número 307-2016, así como las necesidades reflejadas en el proceso electoral del año dos mil diecinueve y el margen normativo de reglamentación que permite la Ley Electoral y de Partidos Políticos;

CONSIDERANDO:

Que como resultado del análisis realizado, se determinó la necesidad de reformar normas contenidas en el pre citado reglamento, que viabilicen el mandato establecido en el Decreto 26-2016 del Congreso de la República, Reformas a la Ley Electoral y de Partidos Políticos y permita a la Unidad Especializada sobre Medios de Comunicación y Estudios de Opinión realizar su labor de asignación y monitoreo de pautas y espacios para propaganda electoral y proselitismo de las organizaciones políticas; por lo que con base en la atribución que se establece al Tribunal Supremo Electoral en el artículo 125, literal p) de la Ley Electoral y de Partidos Políticos, se procede emitir la disposición que corresponde;

POR TANTO:

Con fundamento en lo considerado y en lo que para el efecto establecen los artículos: 121, 122, 125 literales a), p) y v), 128, 129, 130, 131, 132, 142 y 144 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos y sus reformas Decreto 1-85 de la Asamblea Nacional Constituyente;

ACUERDA:

Emitir las siguientes:

REFORMAS AL REGLAMENTO DE LA UNIDAD ESPECIALIZADA SOBRE MEDIOS DE
COMUNICACIÓN Y ESTUDIOS DE OPINIÓN, ACUERDO NÚMERO 307-2016

 
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