ACUERDO COM-27-2022
Se acuerda la tasa compensatoria por el servicio extraordinario y específico por las actividades que impactan las condiciones del tránsito en el Municipio de Guatemala.
ACUERDO COM-27-2022
El CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República de Guatemala concede autonomía a los municipios, para que estos puedan entre otras funciones, promover su desarrollo integral y el cumplimiento de sus fines bajo sus respectivas jurisdicciones territoriales.
CONSIDERANDO:
Que como autoridad superior del municipio corresponde al Concejo Municipal la deliberación y decisión de los asuntos municipales, teniendo entre sus funciones emitir las ordenanzas atinentes a la obtención y captación de recursos financieros para el fortalecimiento económico del municipio.
CONSIDERANDO:
Que le compete a la Policía Municipal de Tránsito la regulación, control, ordenamiento y administración de la circulación de peatones, vehículos, sus conductores y pasajeros, estacionamiento de los mismos, señalización, semaforización, uso de la vía pública, y demás actividades relacionadas con el tránsito del Municipio de Guatemala.
CONSIDERANDO:
Que los eventos socio-organizativos descritos en la Norma de Reducción de Desastres Número Cuatro de la Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres de Origen Natural o Provocado -CONRED-, implican aglomeración de personas que conlleva el desarrollo de planes y acciones que involucran la participación de agentes de la Policía Municipal de Tránsito para la mitigación de los impactos negativos que generan dichas actividades en la vía pública.
CONSIDERANDO:
Que los eventos socio-organizativos comprenden la realización de actividades particulares que generan beneficio individual y que, además, causan congestionamiento vehicular en la vía pública en perjuicio del interés general, por lo que se hace necesario fijar una tasa que compense las operaciones extraordinarias y específicas que se realizan.
POR TANTO:
Con fundamento en lo considerado y de conformidad con lo que establecen los artículos 253, 254 y 255 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 3, 6, 7, 9, 33, 35 literales a), d), i); n), 67, 72, 73 inciso a), 100 literal f) del Código Municipal, Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala y sus reformas; 3 literal j) del Acuerdo Ministerial Número 1106-2015 del Ministerio de Cultura y Deportes; 1. 6, 8 sub numeral 8.4) literal h), 19, 21 y 22 del Acuerdo Número 04-2015 del Consejo Nacional para la Reducción de Desastres de la Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres de Origen Natural o Provocado -CONRED-.
ACUERDA:
Emitir el siguiente acuerdo que establece:
LA TASA COMPENSATORIA POR EL SERVICIO EXTRAORDINARIO Y ESPECÍFICO POR LAS ACTIVIDADES QUE IMPACTAN LAS CONDICIONES DEL TRÁNSITO EN EL MUNICIPIO DE GUATEMALA.
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