EXPEDIENTE 3113-2022 y 3275-2022
Se decreta la suspensión provisional de los artículos 13 literales (…), 15, 16, 17 literales (…), 19, 22 literales (…), 23 literal (…), 24, 28, 29, 30 y 32 literal a) del Acuerdo 011/2022-CE-COG.
EXPEDIENTES ACUMULADOS
3113-2022 Y 3275-2022
Oficial 2° de Secretaría General
Asuntos: Inconstitucionalidades de ley de carácter general total. Solicitante: Tribunal Eleccionario del Deporte Federado. Disposiciones Impugnadas: i) artículos 13 literales c), d) ye), 15, 16, 17 literales a), j) y k), 19, 22 literales b) y f), 23 literal c) y d), 24, 28, 29, 30 y 32 literal a) del Acuerdo cero once diagonal dos mil veintiuno guion CE guion COG emitido por el Comité Ejecutivo del Comité Olímpico Guatemalteco el veintitrés de diciembre de dos mil veintiuno y publicado en Diario de Centro América el treinta de diciembre de dos mil veintiuno; ii) Acuerdo 02/2022-CE-COG de trece de enero de dos mil veintidós emitido por el Comité Ejecutivo del Comité Olímpico Guatemalteco que contiene el Código de Ética del Comité Olímpico Guatemalteco y del Movimiento Olímpico en el Territorio Nacional, y iii) Acuerdo 01/2022-CE-COG de trece de enero de dos mil veintidós emitido por el Comité Ejecutivo del Comité Olímpico Guatemalteco que contiene el Código Electoral del Comité Olímpico Guatemalteco.
CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD: Guatemala, cuatro de agosto de dos mil veintidós.
Se tiene a la vista para resolver, la acción de inconstitucionalidad de ley de carácter general, parcial, que planteó el Tribunal Eleccionario del Deporte Federado con el objeto de impugnar: i) artículos 13 literales c), d) y e), 15, 16, 17 literales a), j) y k), 19, 22 literales b) y f), 23 literal c) y d), 24, 28, 29, 30 y 32 literal a) del Acuerdo cero once diagonal dos mil veintiuno guion CE guion COG emitido por el Comité Ejecutivo del Comité Olímpico Guatemalteco el veintitrés de diciembre de dos mil veintiuno y publicado en Diario de Centro América el treinta de diciembre de dos mil veintiuno; ii) Acuerdo 02/2022-CE-COG de trece de enero de dos mil veintidós emitido por el Comité Ejecutivo del Comité Olímpico Guatemalteco que contiene el Código de Ética del Comité Olímpico Guatemalteco y del Movimiento Olímpico en el Territorio Nacional, y iii) Acuerdo 01/2022-CE- COG de trece de enero de dos mil veintidós emitido por el Comité Ejecutivo del Comité Olímpico Guatemalteco que contiene el Código Electoral del Comité Olímpico Guatemalteco.
CONSIDERANDO
-I-
El artículo 138 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad establece: "...la Corte de Constitucionalidad deberá decretar, de oficio y sin formar artículo, dentro de los ocho días siguientes a la interposición, la suspensión provisional de la ley, reglamento o disposición de carácter general si, a su juicio, la inconstitucionalidad fuere notoria y susceptible de causar gravámenes irreparables. (-) La suspensión tendrá efecto general y se publicará en el Diario Oficial al día siguiente de haberse decretado.".
-II-
En el presente caso, esta Corte estima que concurren los supuestos que prevé la norma legal precitada, razón por la cual se decreta la suspensión provisional de las disposiciones denunciadas tal como se indica en la parte resolutiva del presente auto.
CITA DE LEYES
Artículo citado, y 139 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad.
POR TANTO
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