ACUERDO  15-2021

Se acuerda aprobar la Creación de la Firma Electrónica Interna y Firma Electrónica Avanzada en el Instituto de la Defensa Pública Penal.


ACUERDO No. 15-2021


LA DIRECCIÓN GENERAL

DEL INSTITUTO DE LA DEFENSA PÚBLICA PENAL



CONSIDERANDO

Que el Congreso de la República de Guatemala emitió el Decreto 47-2008 Ley para el Reconocimiento de las Comunicaciones y Firmas Electrónicas dentro del cual consideró: "Que el Estado como responsable del bien común debe mantener, reforzar y aplicar políticas y acciones que permitan una mayor participación en la dinámica y beneficios del desarrollo económico y social libre, la modernización, los procesos económicos sin trabas ni obstáculos, artificiales, así como la inserción del país en las corrientes del progreso mundial de manera sostenible y equitativa.


CONSIDERANDO

Que, de conformidad con la Ley de Servicio Público de Defensa Penal, Decreto número 129-97 del Congreso de la República de Guatemala, el Instituto de la Defensa Pública Penal es una entidad de servicio público, orientado a las personas que requieren asistencia legal gratuita en el ejercicio de la defensa técnica; además goza de autonomía funcional y total independencia técnica para el cumplimiento de su función.


CONSIDERANDO

Que el Decreto 47-2008, Ley para el Reconocimiento de las Comunicaciones y Firmas Electrónicas, establece que el Estado y sus instituciones quedan expresamente facultados para la utilización de las comunicaciones y firmas electrónicas, las disposiciones contenidas en esta Ley se aplicarán sin perjuicio de las normas relativas a la celebración, formalización, validez de contratos, convenios y otras actos administrativos y jurídicos.


POR TANTO

Con fundamento en lo considerado y lo que establece el artículo 12 inciso 11) de la Ley de Servicio Público de Defensa Penal, Decreto número ciento veintinueve guión noventa y siete (129-97) del Congreso de la República de Guatemala; 1, 2, 5, 7, 8, 10, 11, 16, 23 y 33 de la Ley para el Reconocimiento de las Comunicaciones y Firmas Electrónicas, Decreto cuarenta siete guión dos mil ocho (47-2008) del Congreso de la República de Guatemala; 1, 2, 3 ,4, 5, 6, 7, 8, 9, 11, 18, 20 del Reglamento de la Ley para el Reconocimiento de las Comunicaciones y Firmas Electrónicas, Acuerdo Gubernativo ciento treinta y cinco dos mil nueve (135-2009) del Presidente de la República de Guatemala.

ACUERDA

APROBAR LA CREACIÓN DE LA FIRMA ELECTRÓNICA INTERNA Y FIRMA
ELECTRÓNICA AVANZADA EN EL INSTITUTO DE LA DEFENSA PÚBLICA PENAL.

 
...
Consultas:
  • Buscado: 817 veces.
  • Ficha Técnica: 39 veces.
  • Imagen Digital: 37 veces.
  • Texto: 24 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 3 veces.
  • Formato Word: 3 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu