ACTA MUNICIPAL 39-2021.4
Se acuerda reformar el artículo 32 del Reglamento municipal del servicio de agua potable del Municipio de Pastores, Departamento de Sacatepéquez.
ACTA NÚMERO 39-2021
EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE PASTORES DEL
DEPARTAMENTO DE SACATEPÉQUEZ
CERTIFICA:
Que para el efecto ha tenido a la vista el libro de Actas de Sesiones Ordinarias y Extraordinarias del Concejo Municipal, del Municipio de Pastores Departamento de Sacatepéquez, en el cual aparece el Acta Número treinta y nueve guión dos mil veintiuno (39-2021) de fecha dieciocho de agosto de dos mil veintiuno (18/08/2021), en donde consta el punto CUARTO: que al copiarlo literalmente dice: REFORMAS AL REGLAMENTO DE AGUA: El Honorable Concejo Municipal del municipio de Pastores del departamento de Sacatepéquez. CONSIDERANDO: Que la Constitución Política de la República de Guatemala garantiza la autonomía del municipio, cuya administración y gobierno corresponde con exclusividad al Concejo Municipal, como órgano colegiado superior de deliberación y de decisión de los asuntos municipales CONSIDERANDO: Que es competencia del Gobierno municipal velar por la integridad de su patrimonio, emitir y prestar los servicios públicos municipales de su circunscripción territorial y por lo tanto, tiene competencia para establecer, mantenerlos, ampliarlos y mejorarlos de acuerdo en los artículos 33 y 72 del Código Municipal, Decreto 12-2002 del Congreso de la Republica. POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que le confiere el articulo 253, 254 de la Constitución Política de la Republica de Guatemala, Articulo 3,9,34,35 inciso i) Código Municipal Decreto 12-2002 y por voto favorable de las dos terceras partes razonando su voto el Concejal Tercero y Concejal Cuarto quienes argumentan que no están de acuerdo a las reformas. ACUERDA: Emitir las siguientes:
REFORMAS AL REGLAMENTO MUNICIPAL DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE.
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