ACTA MUNICIPAL 49-2021.3
Modificaciones, por medio de su ampliación, al Reglamento para la administración del mercado terminal municipal, denominado Mercatepeque, pisos de plaza y áreas de comercialización de la Villa del Municipio de Quezaltepeque, Chiquimula.
ACTA No. 49-2021 PUNTO TERCERO
EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DEL MUNICIPIO DE QUEZALTEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CHIQUIMULA,
CERTIFICA:
Tener a la vista para el efecto el libro No. 68 de Actas de Sesiones Municipales, en el cual se encuentra el acta No. 49-2021 de fecha once de agosto de dos mil veintiuno, en donde aparece el punto 3° que copiado literalmente, dice:
TERCERO: El Concejo Municipal del Municipio de Quezaltepeque, departamento de Chiquimula, CONSIDERANDO: Que la Constitución Política de la República de Guatemala en el artículo 253 reconoce la autonomía de los municipios, correspondiéndole entre otras funciones b) obtener y disponer de sus recursos; y c) atender los servicios públicos locales,... para los efectos correspondientes emitirá las ordenanzas y reglamentos respectivos; artículo 254 Gobierno Municipal, El gobierno municipal será ejercido por un concejo el cual se integra con el Alcalde, los Síndicos y los Concejales..." CONSIDERANDO: Que el Código Municipal Decreto 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala en sus artículos 3,34,35 y 100, literales d, e, r en su orden, establecen que "En ejercicio de la autonomía que la Constitución Política de la República garantiza al municipio, este elige a sus autoridades y ejerce por medio de ellas, el gobierno y la administración de sus intereses, obtiene y dispone de sus recursos patrimoniales, atiende los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción, su fortalecimiento económico y la emisión de sus Ordenanzas y Reglamentos..."; El Concejo Municipal emitirá... los Reglamentos y Ordenanzas para la organización y funcionamiento de sus oficinas... y demás disposiciones que garanticen la buena marcha de la administración municipal; y "Son atribuciones del Concejo Municipal, la emisión y aprobación de Acuerdos, Reglamentos y Ordenanzas" Y son ingresos del municipio "el ingreso sea por la modalidad de rentas de los bienes municipales de uso común o no, por servidumbre onerosa, arrendamientos o tasas..." CONSIDERANDO: Que es atribución general del Concejo Municipal el establecimiento, planificación, reglamentación, programación, control y evaluación de los servicios públicos municipales, así como las decisiones sobre las modalidades institucionales para su prestación; la emisión y aprobación de Acuerdos, Reglamentos y Ordenanzas Municipales; y siendo competencia propia del municipio la administración de los mercados; y que en el Punto Décimo Quinto 15°, del Acta Número 59-2019 de fecha 02 de octubre de 2019, Libro Número 66 de Sesiones Municipales, se aprobó el Reglamento para la Administración del Mercado Terminal Municipal, denominado "MERCATEPEQUE", Pisos de Plaza y Áreas de Comercialización de la Villa de Municipio de Quezaltepeque, Departamento de Chiquimula. CONSIDERANDO: Que es necesario especificar y ampliar las definiciones expresadas en dicho Reglamento y estas sean de conocimiento y aplicación general por los arrendatarios y personas que tiene instalados sus locales comerciales en el mercado mencionado, y siendo la Municipalidad la entidad responsable de emitir los Reglamentos y Ordenanzas que regulen el uso de dichas instalaciones; y con el único objetivo de normar la captación de recursos por el uso de dichas instalaciones. POR TANTO En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala en los artículos 253 y 254 y El Código Municipal Decreto número 12-2002 artículos número 3, 9, 33, 34, 35 y 100. ACUERDA: Aprobar la emisión de las siguientes modificaciones, por medio de su ampliación, al REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL MERCADO TERMINAL MUNICIPAL, DENOMINADO MERCATEPEQUE", PISOS DE PLAZA Y ÁREAS DE COMERCIALIZACIÓN DE LA VILLA DEL MUNICIPIO DE QUEZALTEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CHIQUIMULA, las cuales quedan de la siguiente manera:
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