ACTA MUNICIPAL  108-2020.3

Plan de tasas, rentas, precios, frutos, productos, multas y demás tributos de la Municipalidad de Morales, del Departamento de Izabal.

*Derogado en su totalidad por el artículo 9 del Acta Municipal 108-2022.3


ACTA NUMERO 108-2020 PUNTO TERCERO

EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA MUNICIPALIDAD DE MORALES, DEL DEPARTAMENTO DE IZABAL CERTIFICA: QUE EN EL LIBRO DE ACTAS PARA SESIONES ORDINARIAS DEL CONCEJO MUNICIPAL AUTORIZADO POR LA CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS, SEGÚN REGISTRO RHM-023-Q18-4-2020, SE ENCUENTRA EL ACTA NÚMERO 108-2020 DE FECHA 17 DE DICIEMBRE DE 2020, EN LA CUAL APARECE EL PUNTO TERCERO, QUE COPIADO LITERALMENTE DICE:

El Honorable Pleno del Concejo Municipal de Morales, Izabal


CONSIDERANDO

Que el municipio es la unidad básica de organización territorial del Estado de Guatemala y se organiza para gestionar el bien común de todos los habitantes.


CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala garantiza autonomía para el municipio, éste elige a sus autoridades y ejerce por medio de ellas, el gobierno y la administración de sus intereses, obtiene y dispone de sus recursos patrimoniales, atiende los servicios públicos locales de su jurisdicción y promueve su fortalecimiento económico y la emisión de ordenanzas y reglamentos.


CONSIDERANDO

Que los municipios sirven a los intereses públicos que les están encomendados y actúan de acuerdo con los principios de eficacia, eficiencia, descentralización, desconcentración y participación comunitaria, con observancia del ordenamiento jurídico aplicable.


CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala, preceptúa en el artículo 255 que las corporaciones municipales deberán procurar el fortalecimiento económico de sus respectivos municipios, a efecto de poder realizar las obras y prestar los servicios que les sean necesarios.


CONSIDERANDO

Que se tuvo a la vista el dictamen favorable emitido por el asesor legal de la municipalidad.


POR TANTO

De conformidad con lo considerado y lo preceptuado en los artículos 253, 254, 255 de la Constitución Política de la República; artículos 2, 3, 5, 7, 8, 9, 11, 33, 35 literales a, e, i, n; del Decreto Legislativo número 12-2002 del Congreso de la República que contiene el Código Municipal y sus reformas contenidas en el Decreto Legislativo número 22-2010.


ACUERDA

Aprobar el siguiente


PLAN DE TASAS, RENTAS, PRECIOS, FRUTOS, PRODUCTOS, MULTAS Y DEMÁS TRIBUTOS DE LA
MUNICIPALIDAD DE MORALES, DEL DEPARTAMENTO DE IZABAL

 
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