ACUERDO GUBERNATIVO 3-2021
Adscribir a favor del Instituto Nacional de Administración Pública -INAP-, la finca urbana, para la creación del Centro de Formación y Capacitación del -INAP-, Región Nororiente, ubicada en la 7a calle, municipio de Puerto Barrios, Departamento de Izabal.
ACUERDO GUBERNATIVO No. 3-2021
Guatemala, 7 de enero de 2021
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que son bienes del Estado, entre otros, los de dominio público. Asimismo, la Ley del Organismo Ejecutivo indica que al Ministerio de Finanzas Públicas le corresponde, cumplir y hacer cumplir todo lo relativo al régimen jurídico hacendario del Estado, incluyendo el registro y control de los bienes que constituyen el patrimonio del Estado.
CONSIDERANDO
Que la Dirección de Bienes del Estado del Ministerio de Finanzas Públicas a través del Expediente Número 2019-66452, opinó de manera favorable respecto a la adscripción a favor del Instituto Nacional de Administración Pública -INAP-, de la finca urbana inscrita en el Registro General de la Propiedad de la Zona Central, bajo el número 964, folio 110 del libro 5 de Izabal, propiedad de El Gobierno de la República, ubicada en la 7a calle, municipio de Puerto Barrios, departamento de Izabal, para la creación del Centro de Formación y Capacitación del -INAP-, Región Nororiente; por lo que es conveniente emitir la disposición legal correspondiente, la cual es de estricto interés del Estado y como consecuencia la publicación deberá de efectuarse sin costo alguno.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en los artículos 27 literales i) y j) y 35 literal m) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo.
ACUERDA
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