ACUERDO GUBERNATIVO  217-2020

Se acuerda aprobar el presupuesto de ingresos y egresos del Instituto Nacional de Comercialización Agrícola -INDECA- para el ejercicio fiscal comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil veintiuno.


ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 217-2020

Guatemala, 14 de diciembre de 2020


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,


CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala preceptúa que el Presupuesto General de ingresos y Egresos del Estado aprobado para cada ejercicio fiscal, de conformidad con lo establecido en la misma, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible destinado exclusivamente a cubrir sus egresos.


CONSIDERANDO

Que la Junta Directiva del Instituto Nacional de Comercialización Agrícola -Indeca, con base en lo que establece el numeral 4), Artículo 13 del Decreto Número 101-70 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Instituto Nacional de Comercialización Agrícola -Indeca-, emitió la Resolución Número JD-06-2020, incluida en el Punto Tercero del Acta Número 05-2020 de fecha 08 de julio de 2020, por medio del cual aprobó el Proyecto de Presupuesto de Ingresos y Egresos de la referida Entidad para el Ejercicio Fiscal dos mil veintiuno, con el propósito de someterlo a consideración y aprobación del Organismo Ejecutivo por conducto del Ministerio de Finanzas Públicas.


CONSIDERANDO

Que al tenor de lo preceptuado en los artículos 13, 17, 29 y 29 Bis, del Decreto Número 101-97 de! Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, la asignación no obliga a la realización de los gastos y las Autoridades del Instituto Nacional de Comercialización Agrícola -Indeca-, serán responsables de la ejecución presupuestaria de ingresos y egresos de su Entidad, por lo que, queda bajo su responsabilidad los montos programados y la utilización correcta de los recursos asignados para el ejercicio fiscal dos mil veintiuno; correspondiéndole la fiscalización respectiva a la Contraloría General de Cuentas.


CONSIDERANDO

Que se llenaron los requisitos legales correspondientes y se cuenta con el Dictamen Número, 691 de fecha 10 DIC 2020, emitido por la Dirección Técnica del Presupuesto, así como la Resolución Número 425 del 11-12-2020 del Ministerio de Finanzas Públicas.


POR TANTO

En ejercicio de la función que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala, en el Artículo 183, literal e); y con fundamento en lo que preceptúa el Artículo 40 del Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto y el Artículo 43 del Acuerdo Gubernativo Número 540-2013, Reglamento de la citada Ley.


ACUERDA

 
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