ACTA MUNICIPAL  38-2020.3

Reglamento interno de la "Ampliación del Cementerio Municipal" de la Cabecera municipal del Municipio de Nuevo San Carlos del Departamento de Retalhuleu.


ACTA NÚMERO 38-2020 PUNTO TERCERO

EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE NUEVO SAN CARLOS, DEPARTAMENTO DE RETALHULEU.


CERTIFICA:

QUE PARA EL EFECTO SE TUVO A LA VISTA EL LIBRO DE ACTAS DE SESIONES EXTRAORDINARIAS DEL CONCEJO MUNICIPAL EL CUAL SE LLEVA EN ESTA OFICINA, DONDE SE ENCUENTRA ASENTADA EL ACTA NUMERO TREINTA Y OCHO GUIÓN DOS MIL VEINTE DE FECHA SIETE DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE. Y QUE COPIADO LITERALMENTE SU PUNTO CONDUCENTE DICE:

TERCERO: EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE NUEVO SAN CARLOS, DEL DEPARTAMENTO DE RETALHULEU.


CONSIDERANDO

Que por mandato constitucional los municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas, teniendo como funciones entre otras las de emitir las ordenanzas y reglamentos respectivos.


CONSIDERANDO

Objeto del Reglamento: El presente reglamento regula el funcionamiento, construcción, ampliación, modificación, conservación y administración del cementerio.


CONSIDERANDO

Que en el Artículo 29 del Acuerdo Gubernativo No. M.S.P.A.S. 21-71; indica que las atribuciones de administración, vigilancia y cuidado de los cementerios de los municipios los ejercerán las municipalidades respectivas; y en el artículo 34 inciso b), del mismo Acuerdo Gubernativo establece que el reglamento interno de los cementerios de uso público o municipal será emitido por la Corporación Municipal, pero con la aprobación del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social.


CONSIDERANDO

Que se hace necesario regular el funcionamiento, conservación, mantenimiento y todo lo referente al acondicionamiento de los cementerios del municipio.


CONSIDERANDO

Que una de las competencias propias del municipio lo constituye la administración de cementerios y la autorización y control de los cementerios privados, por lo que se hace necesario, emitir la disposición que permita cumplir con la referida competencia de forma eficiente que tenga carácter de observancia general.


POR TANTO

Con base en los artículos 253, 254 y 255 de la Constitución Política de la República de Guatemala; y en uso de las facultades contenidas en los artículos, 9, 33, 35 inciso (i) y 68 del Código Municipal.


ACUERDA:


Emitir: El Reglamento Interno de la "AMPLIACIÓN DEL CEMENTERIO MUNICIPAL" DE LA CABECERA
MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE NUEVO SAN CARLOS DEL DEPARTAMENTO DE RETALHULEU.


CAPITULO I
Disposición General.

 
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