ACUERDO DE DIRECTORIO  30-2020

Se acuerda aprobar la disminución del presupuesto de ingresos y egresos del Registro Nacional de las Personas -RENAP- para el ejercicio fiscal 2020, en la cantidad de (Q.136,765,800.00).


ACUERDO DE DIRECTORIO NÚMERO 30-2020


APROBACIÓN DE DISMINUCIÓN PRESUPUESTARIA NUMERO UNO AL PRESUPUESTO DE
INGRESOS Y EGRESOS DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS PARA EL
EJERCICIO FISCAL DOS MIL VEINTE


EL DIRECTORIO DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS -RENAP-

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con los artículos 1, 2 y 48 del Decreto número 90-2005 del Congreso de la República, Ley del Registro Nacional de las Personas, el RENAP es una entidad autónoma, de derecho público, con personalidad jurídica, plena capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones, con patrimonio propio constituido por recursos financieros que le asigna el Estado y recursos propios derivados de los servicios que presta, encargada de organizar y mantener el registro único de identificación de las personas naturales, inscribir los hechos y actos relativos a su estado civil, capacidad civil y demás datos de identificación, desde su nacimiento hasta la muerte, así como la emisión del Documento Personal de Identificación.

CONSIDERANDO:

Que según la literal k) del articulo 15 de la referida Ley, se atribuye al Directorio, como órgano de dirección superior, la aprobación del Proyecto de Presupuesto de Ingresos y Egresos de la Institución; en ese mismo sentido, el Acuerdo de Directorio número 37-2019, en su artículo 15, estípula que el Directorio del Registro Nacional de las Personas aprobará las ampliaciones y/o disminuciones que afecten el Presupuesto de Ingresos y Egresos del Registro Nacional de las Personas para el ejercicio fiscal dos mil veinte (2020).

CONSIDERANDO:

Que es necesario reflejar en el Presupuesto de Ingresos y Egresos del Registro Nacional de las Personas -RENAP- para el ejercicio fiscal dos mil veinte (2020), el impacto que tendrá la disminución a la meta física solicitada por Registro Central de las Personas en "Certificaciones de hechos y actos regístrales emitidas" en los eventos de "Certificación de nacimiento" y "Certificación de nacimiento en libro" por la cantidad de dos millones ochocientos veintisiete mil setecientos veinte (2,827,720); asi como en la meta física "Documento Personal de Identificación -DPI- emitidos" en el evento de "DPI solicitados en la República de Guatemala" requeridos por la Dirección de Procesos; cambios presentados en la primera modificación al Plan Operativo Anual -POA- del año dos mil veinte (2020); por lo que al aprobarse la referida modificación se disminuirá la estimación de ingresos en la fuente de financiamiento treinta y uno (31) "Ingresos Propios", por las razones expuestas en el Dictamen Presupuestario número ciento dieciocho guión dos mil veinte (118-2020), Disminución Presupuestaria número cero uno (01), del Departamento de Presupuesto de la Dirección de Presupuesto; y, oficio número DGCI guión SPFI guión DPP guión cero quinientos setenta y siete guión dos mil veinte (DGCI-SPFI-DPP-0577-2020) de fecha tres de septiembre de dos mil veinte, del Departamento de Planificación y Proyectos de la Subdirección de Planificación y Fortalecimiento Institucional de la Dirección de Gestión y Control Interno.

POR TANTO:

Con base en lo considerado y lo preceptuado en los artículos: 1, 9, 10 Bis, 13, 15 literales c), k) y o), 45, 48 y 49 del Decreto número 90-2005 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Registro Nacional de las Personas; y, 15 del Acuerdo de Directorio del Registro Nacional de las Personas número 37-2019, que aprueba el Presupuesto de Ingresos y Egresos para el Ejercicio Fiscal dos mil veinte (2020).

ACUERDA:

 
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