ACTA MUNICIPAL 39-2020.8
Se acuerda exonerar el 100% de las multas y recargos que genera el Impuesto Único Sobre Inmuebles -IUSI- a los propietarios, y usufructuarios de bienes inmuebles ubicados en el área urbana, del Municipio de San Benito, Departamento de Petén.
ACTA No. 39-2020 PUNTO OCTAVO
EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE SAN BENITO, DEPARTAMENTO DE PETEN, CERTIFICA: Que para el efecto ha tenido a la vista el libro de hojas móviles bajo el registro No. 080-2020, autorizadas por la Contraloría General de Cuentas, en donde aparece el Acta No. 39-2020 de Sesión Pública Ordinaria celebrada por el Concejo Municipal del Municipio de San Benito, Petén de fecha catorce de julio del año dos mil veinte (14-07-2020), que copiado en su punto OCTAVO: dice:
OCTAVO: El Honorable Concejo Municipal Del Municipio De San Benito, Departamento De Petén. CONSIDERANDO: Que la constitución Política de Guatemala, en su artículo 253 establece que los municipios son instituciones autónomas y que entre otras funciones les corresponde: b) Obtener y disponer de sus recursos; c) Atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios. Para los efectos correspondientes emitirán las ordenanzas y reglamentos respectivos. CONSIDERANDO: Que el Concejo Municipal, podrá resolver con el voto favorable de las dos terceras partes de los miembros que lo entregan, la condonación o rebaja de multas o recargos por falta der pago en arbitrios, tasa y otras contribuciones y derechos, siempre que lo adeudado se cumpla en el tiempo señalado. CONSIDERANDO: Que con el objeto de apoyar a los vecinos del Municipio de San Benito, Departamento de Petén, debido a la calamidad pública que atraviesa el país, relacionado a la pandemia del Covid-19, por unanimidad, ACUERDA:
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