CONVENIO  1007

Prórroga de la carta de entendimiento entre el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Guatemala y el Fondo de Naciones Unidas para la Infancia -UNICEF-.


YO, ALEJANDRO EDUARDO GIAMMATTEI FALLA
Presidente de la República de Guatemala


DECLARO:

Que el Gobierno de la República de Guatemala, habiendo celebrado la PRÓRROGA DE LA CARTA DE ENTENDIMIENTO ENTRE EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA Y EL FONDO DE NACIONES UNIDAS PARA LA INFANCIA -UNICEF- PARA LA IMPLE MENTACIÓN DEL PROGRAMA APOYO A LAS ACCIONES INICIADAS POR EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES PARA EL FORTALECIMIENTO DE SU RED CONSULAR Y DE LA ATENCIÓN Y PROTECCIÓN A LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA MIGRANTE NO ACOMPAÑADA, MEDIANTE COMUNICACIONES ESCRITAS DE UNICEF EL 14 DE ABRIL DE 2020 Y DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES EL 22 DE ABRIL DE 2020, EN LA CIUDAD DE GUATEMALA, REPÚBLICA DE GUATEMALA, ratifica por el presente dicha Prórroga y se compromete a cumplir y aplicar fielmente las disposiciones que en ella figuran.

EN TESTIMONIO DE LO CUAL, firmo el presente instrumento.

Hecho en la Ciudad de Guatemala, el seis de mayo de dos mil veinte.

MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES

PEDRO BROLO VILA

LICDA. LEYLA SUSANA LEMUS ARRIAGA
SECRETARIA GENERAL
DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

unicef | para cada niño

Fondo de las Naciones Unidas para la infancia
13 Calle 8-44, Zona 10 | Edificio Edyma Plaza, Nivel 2 | Ciudad de Guatemala, Guatemala
(502) 2327 6373 | guatemalacity@unicef org | www.unicef.org/guatemala | unicefguatemala

GUA-074-2020/JS-sd
14 de abril 2020

Excelentísimo señor Ministro:

Por este medio me dirijo a usted en referencia a la "Carta de Entendimiento entre el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Guatemala y el Fondo de Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) para la implementación del Programa Apoyo a las Acciones iniciadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores para el Fortalecimiento de su Red Consular y de la Atención y Protección a la Niñez y Adolescencia Migrante No Acompañada", suscrita el 17 de marzo de 2015, y que entró en vigor el 16 de junio de 2015, prorrogada por 48 meses y modificada en su artículo 5 mediante comunicaciones del 30 de mayo y 3 de junio de 2016, prórroga vigente desde el 16 de junio de 2016. La Carta de Entendimiento en su artículo 4.3 establece que la misma podrá ser modificada por escrito en cualquier momento por acuerdo de las Partes y su vigencia puede ser prorrogable mediante comunicación escrita entre las Partes.

UNICEF puede continuar apoyando las acciones iniciadas por ese Ministerio para el fortalecimiento de su servicio consular en Estados Unidos de América y en los Estados Unidos Mexicanos. Al respecto propone prorrogar la vigencia de la Carta de Entendimiento por 48 meses contados a partir del 16 de junio de 2020 y en relación con el artículo 5, delegar a la Asociación Misioneros de San Carlos Scalabrinianos, las actividades que le permitan cumplir con los compromisos adquiridos en la Carta de Entendimiento.

La presente carta y su respuesta constituirá el entendimiento por escrito entre el Ministerio de Relaciones Exteriores y UNICEF para prorrogar la Carta de Entendimiento, cuya prórroga entrará en vigor el 16 de junio de 2020.

Aprovecho la ocasión para reiterarle las muestras de consideración y estima.

CARLOS CARRERA
REPRESENTANTE
UNICEF



EXCELENTÍSIMO SEÑOR
PEDRO BROLO VILA
EMBAJADOR
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES DE GUATEMALA
SU DESPACHO



MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

REPÚBLICA DE GUATEMALA, C.A.

EXP.3404-2015B MG/MM

DITRAl-327-2020

Guatemala, 22 de abril do 2020

Honorable señor Carrera:

Tengo el agrado de dirigirme a usted su ocasión de hacer referencia a su Nota con número de registro GUA-074-2020/JS-sd del 11 de abril de 2020, cuyo texto incluye lo siguiente:

"Por este medio me dirijo a usted en referencia a la "Carla de Entendimiento entre el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Guatemala, y el Fondo de Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) para la implementación del Programa Apoyo a las Acciones iniciadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores para el Fortalecimiento de su Red Consular y de la Atención y Protección a la Niñez y Adolescencia Migrante No Acompañada", suscrita el 17 de marzo de 2015, y que entró en vigor el 16 de junio de 2015, prorrogada por 48 meses y modificada en su artículo 5 mediante comunicaciones del 30 de mayo y 3 de junio de 201 ti, prórroga vigente desde el, 16 de junio de 2016.

La Carta de Entendimiento en su artículo 4.3 establece que la misma podrá ser modificada por escrito en cualquier momento por acuerdo de las Partes y su vigencia puede ser prorrogable mediante comunicación escrita entre las Partes.

UNICEF puede continuar apoyando las acciones iniciadas por ese Ministerio para el fortalecimiento de su servicio consular en Estados Unidos de América y en los Estados Unidos Mexicanos. Al respecto propone prorrogar la vigencia de la Carta de Entendimiento por 48 meses contados a partir del 16 de junio de 2020 y su relación con el artículo 5, delegar a la Asociación Misioneros de San Carlos Scalabrinianos, las actividades que le permitan cumplir con los compromisos adquiridos en la Carta de Entendimiento.

La presente carta y su respuesta constituirá el entendimiento por escrito entre el Ministerio de Relaciones Exteriores y UNICEF para prorrogar la Carta de Entendimiento, cuya prórroga entrará en vigor el 16 de junio de 2020.

Aprovecho la ocasión para reiterarle las muestras de consideración y estima."

HONORABLE SEÑOR REPRESENTANTE
CARLOS CARRERA
OFICIAL DE CARGO DE UNICEF
CIUDAD DE GUATEMALA

Al respecto, tengo el agrado de confirmar que el contenido de la citada nota es aceptable para el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Guatemala, y que, por lo lauto, dicha nota y esta respuesta serán consideradas como el entendimiento por escrito entre el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Guatemala y el Fondo de Naciones l luidas para la Infancia para prorrogar por 48 meses la Carta de Entendimiento entre el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Guatemala y el Fondo de Naciones Unidas para la Infancia, UNICEF, para la Implementación del Programa Apoyo a las Acciones Iniciadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores para el Fortalecimiento de su Red Consular y de la Atención y Protección a la Niñez y Adolescencia Migrante No Acompañada, a partir del 16 de junio de 2020.

En virtud de lo anterior, el Artículo 5 de la Carta de Entendimiento se mantiene en los términos siguientes: "Artículo 5 DISPOSICIONES FINALES. El Ministerio de Relaciones Exteriores declara que no existe inconveniente en que UNICEF encargue a la Asociación Misioneros de San Carlos Scalabrinianos, las actividades que le permitan cumplir con los compromisos adquiridos en la presente Carta de Entendimiento".

Aprovecho la ocasión para reiterarle las seguridades de mi distinguida consideración y estima.


PEDRO BROLO VILA
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

 
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