ACUERDO GUBERNATIVO 58-2020
Reglamento Para El Otorgamiento Del Beneficio Del Fondo Para La Protección Del Empleo.
ACUERDO GUBERNATIVO No. 58-2020
Guatemala, 16 de abril de 2020
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que el Estado de Guatemala se organiza para proteger a la persona y a la familia y preceptúa que la salud es un derecho fundamental del ser humano, catalogándolo como bien público. Además, señala que los regímenes económico, social y laboral se fundan y organizan conforme al principio de justicia social.
CONSIDERANDO
Que derivado de la pandemia del coronavirus COVID-19, se decretó el Estado de Calamidad Pública en todo el territorio nacional, por lo que con fechas 6, 22 y 25 de marzo del año 2020, fueron publicados en el Diario de Centro América, el Decreto Gubernativo Número 5-2020, ratificado por el Decreto Número 8-2020 del Congreso de la República de Guatemala; y los Decretos Gubernativos Números 6-2020 y 7-2020; ambos ratificados por el Decreto Número 9-2020 del Congreso de la República de Guatemala, situación que generó que las relaciones de trabajo se vean afectadas.
CONSIDERANDO
Que de acuerdo al Artículo 3 del Decreto Número 13-2020 emitido por el Congreso de la República de Guatemala, se establece la creación del Fondo para la Protección del Empleo, como un medio para apoyar a los trabajadores del sector privado, cuyos contratos de trabajo, de conformidad con la legislación laboral y como consecuencia del estado de calamidad pública, hayan sido suspendidos, y que tal situación haya obtenido la autorización correspondiente por parte del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, siendo necesario emitir la disposición reglamentaria correspondiente.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confiere el Artículo 183 literal a) y e) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en los Artículos 27, 32 y 40 de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala y el Artículo 14 del Decreto Número 13-2020 del Congreso de la República de Guatemala.
ACUERDA
Emitir el siguiente:
REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DEL BENEFICIO DEL FONDO PARA LA
PROTECCIÓN DEL EMPLEO
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