ACUERDO GUBERNATIVO 295-2019
Se Acuerda Aprobar El Presupuesto De Ingresos Del Benemérito Cuerpo Voluntario De Bomberos De Guatemala -CVB- Para El Ejercicio Fiscal Comprendido Del Uno De Enero Al Treinta Y Uno De Diciembre Del Año Dos Mil Veinte.
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 295-2019
Guatemala, 13 de diciembre de 2019
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República de Guatemala preceptúa que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado aprobado para cada ejercicio fiscal, de conformidad con lo establecido en la misma, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible destinado exclusivamente a cubrir sus egresos.
CONSIDERANDO
Que el Directorio Nacional del Benemérito Cuerpo Voluntario de Bomberos de Guatemala -CVB-, con base en lo que establece el Artículo 9, numeral V) del Decreto Número 81-87 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Benemérito Cuerpo Voluntario de Bomberos de Guatemala, emitió el Acuerdo Número 286/07/2019 de fecha 11 de julio de 2019, por medio del cual aprobó en el Artículo 1 el Proyecto de Presupuesto de Ingresos y Egresos de la referida Institución para el Ejercicio Fiscal dos mil veinte, con el propósito de someterlo a consideración y aprobación del organismo ejecutivo por conducto del Ministerio de Finanzas Públicas.
CONSIDERANDO
Que al tenor de lo preceptuado en los artículos 13, 17, 29 y 29 Bis, del Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, la asignación no obliga a la realización de los gastos y las Autoridades del Benemérito Cuerpo Voluntario de Bomberos de Guatemala -CVB-, serán responsables de la ejecución presupuestaria de ingresos y egresos de su Entidad, por lo que, queda bajo su responsabilidad los montos programados y la utilización correcta de los recursos asignados para el ejercicio fiscal dos mil veinte; correspondiéndole la fiscalización respectiva a la Contraloría General de Cuentas.
CONSIDERANDO
Que se llenaron los requisitos legales correspondientes y se cuenta con el Dictamen Número 726 del 11 DIC 2019, emitido por la Dirección Técnica del Presupuesto, así como la Resolución Número 392 del 12-12-2019 del Ministerio de Finanzas Públicas.
POR TANTO
En ejercicio de la función que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala, Artículo 183, literal e); y con fundamento en lo que preceptúa el Artículo 40 del Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, así como lo establece el Artículo 43 del Acuerdo Gubernativo Número 540-2013, Reglamento de la citada Ley.
ACUERDA
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