ACUERDO GUBERNATIVO 290-2019
Se Acuerda Aprobar El Presupuesto De Ingresos De La Empresa Portuaria Quetzal -EPQ- Para El Ejercicio Fiscal Comprendido Del 01 De Enero Al 31 De Diciembre De 2020.
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 290-2019
Guatemala, 13 de diciembre de 2019
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República de Guatemala preceptúa que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado aprobado para cada ejercicio fiscal, de conformidad con lo establecido en la misma, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible destinado exclusivamente a cubrir sus egresos.
CONSIDERANDO
Que la Junta Directiva de la Empresa Portuaria Quetzal -EPQ-, con base en lo que establece el Artículo 9, literal e) del Decreto Ley Número 100-85 Ley Orgánica de la Empresa Portuaria Quetzal -EPQ-, emitió el punto cuarto del Acta Número 44 de fecha 10 de julio del año 2019, por medio del cual aprobó el Proyecto de Presupuesto de Ingresos y Egresos de la referida Empresa para el Ejercicio Fiscal dos mil veinte, con el propósito de someterlo a consideración y aprobación del Organismo Ejecutivo por conducto del Ministerio de Finanzas Públicas.
CONSIDERANDO
Que al tenor de lo preceptuado en los artículos 13,17, 29 y 29 Bis, del Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, la asignación no obliga a la realización de los gastos y las Autoridades de la Empresa Portuaria Quetzal -EPQ-, serán responsables de la ejecución presupuestaria de ingresos y egresos de su Entidad, por lo que, queda bajo su responsabilidad los montos programados y la utilización correcta de los recursos asignados para el ejercicio fiscal dos mil veinte; correspondiéndole la fiscalización respectiva a la Contraloría General de Cuentas.
CONSIDERANDO
Que se llenaron los requisitos legales correspondientes y se cuenta con el Dictamen Número 721 del 10 DIC 2019, emitido por la Dirección Técnica del Presupuesto, así como la Resolución Número 404 del 12-12-2019 del Ministerio de Finanzas Públicas.
POR TANTO
En ejercicio de la función que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala, en el Artículo 183, literal e); y con fundamento en lo que preceptúa el Artículo 40 del Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto y el Artículo 43 del Acuerdo Gubernativo Número 540-2013, Reglamento de la citada Ley.
ACUERDA
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