ACTA MUNICIPAL  047/2019

Se Acuerda Aprobar Las Reformas Al Reglamento De Locales Comerciales En El Área Del Parqueo Municipal Del Municipio De Santa Lucía Utatlán, Departamento De Sololá.


ACTA NÚMERO 047/2,019

EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL, DEL MUNICIPIO DE SANTA LUCÍA UTATLÁN DEL DEPARTAMENTO DE SOLOLÁ.

CERTIFICA: Tener a la vista el libro de Actas de Sesiones del Honorable Concejo Municipal, en el cual se encuentra el Acta Numero 047/2,019, de Sesión Publica Ordinaria del Concejo Municipal, de fecha 24 de Julio de 2,019, y en ella el punto que copiado literalmente dice:

SÉPTIMO: El Honorable Concejo Municipal del municipio de Santa Lucia Utatlán, del Departamento de Sololá. CONSIDERANDO: Que con fecha 13 de Noviembre de 2,018, fue publicado en el Diario de Centro América, el REGLAMENTO DE LOCALES COMERCIALES EN EL ÁREA DEL PARQUEO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE SANTA LUCIA UTATLÁN, DEPARTAMENTO DE SOLOLÁ, sin embargó, se hace necesario realizar algunas enmiendas para la correcta aplicación de los artículos del Reglamento que se citan. Que el artículo 253 de la Constitución Política de la República, establece que: "Los municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas. Entre Otras funciones les corresponde: a) Elegir a sus propias autoridades: b) obtener y disponer de sus recursos; y c) Atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines. Para los efectos correspondientes emitirán las ordenanzas y reglamentos respectivos. CONSIDERANDO: Que el artículo 72 del Código Municipal establece que: "El municipio debe regular y prestar los servicios públicos municipales de su circunscripción territorial y por lo tanto tiene competencia para establecerlos, mantenerlos, ampliarlos y mejorarlos, en los términos indicados, garantizando un funcionamiento eficaz, seguro y Continuo...". Así mismo, el Artículo 101 del mismo Código Municipal, indica que la obtención y captación de recursos para el fortalecimiento económico y desarrollo del municipio y para realizar las obras y prestar los servicios que se necesitan, deben ajustarse al principio de legalidad que fundamentalmente descansa en la equidad y justicia tributaria. POR TANTO: Con fundamento en lo considerado y en el ejercicio de las facultades que le confieren los artículos: 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 3, 9, 33, 35 literales a), e), i), y 72 del Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República, Código Municipal, el honorable Concejo Municipal, por unanimidad de votos,

ACUERDA: Aprobar las siguientes

REFORMAS AL REGLAMENTO DE LOCALES COMERCIALES EN EL
ÁREA DEL PARQUEO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE SANTA LUCIA
UTATLÁN, DEPARTAMENTO DE SOLOLÁ,

que en éstas reformas se denominará "El Reglamento".

 
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