ACUERDO MINISTERIAL  259-2019

Se Acuerda Autorizar La Subvención Para La Dotación De Equipamiento, Tubería Y/O Accesorios Para Riego-2019, En Santa María Cahabón, Tactic, San Cristóbal Verapaz, Fray Bartolomé De Las Casas, De Alta Verapaz.


ACUERDO MINISTERIAL No. 259-2019

Edificio Monja Blanca: Guatemala, 04 de septiembre de 2019


EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y ALIMENTACIÓN


CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que el fin supremo del Estado es la realización del bien común; asimismo, es deber del Estado garantizar el desarrollo integral de las personas y que el régimen económico y social de la República de Guatemala se funda en principios de justicia social.


CONSIDERANDO

Que es de estricto interés del Estado y de interés general, a través del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, atender los asuntos concernientes al régimen Jurídico que rige la producción agrícola, pecuaria e hidrobiológica, esta última en lo que le ataña, así como aquellas que tienen por objeto mejorar las condiciones alimenticias de la población, la sanidad agropecuaria y el desarrollo productivo nacional.


CONSIDERANDO

Que mediante el Plan de Acción Nacional para el Cambio Climático -PANCC- se han establecido prácticas agrícolas de adaptación al cambio climático, dentro de las cuales la más importante es la de incrementar las áreas productivas con sistemas de riego para permitir producciones continuas y poder garantizar la seguridad alimentaria a productores en condiciones de infrasubsistencia, subsistencia y excedentarios.


CONSIDERANDO

Que la Ley Orgánica del Presupuesto establece que, corresponde a las autoridades superiores de las entidades públicas la responsabilidad en la ejecución presupuestaria de Ingresos y Egresos de su entidad.


CONSIDERANDO

Que el Acuerdo Gubernativo número 55-2016, Reglamento de Manejo de Subsidios y Subvenciones y sus Reformas, establece que en el caso de subvenciones a personas individuales, la entidad otorgante, a través de su máxima autoridad, deberá emitir la disposición legal que la autorice.


POR TANTO

En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27,29 de la Ley del Organismo Ejecutivo; 7 del Acuerdo Gubernativo número 338-2010, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación; 29 Bis de la Ley Orgánica del Presupuesto; Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal dos mil diecisiete; y 2, 6, 7, 9, 10 y 15 del Acuerdo Gubernativo número 55-2016, Reglamento de Manejo de Subsidios y Subvenciones.


ACUERDA

 
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