RESOLUCIÓN  3-2018

Presupuesto De Ingresos Y Egresos Del Consejo Económico Y Social De Guatemala Para El Ejercicio Fiscal Dos Mil Diecinueve.


RESOLUCIÓN NÚMERO 3-2018

Guatemala, 12 de diciembre de 2018


LA ASAMBLEA DEL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL DE GUATEMALA


CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo que establece el artículo 1 del Decreto Número 2-2012 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Consejo Económico y Social de Guatemala, establece que el Consejo constituye un órgano consultivo del Estado, es una Institución permanente de derecho público con personalidad jurídica, patrimonio y presupuesto propio, goza de autonomía para el cumplimiento de sus fines y se rige por su propia ley orgánica.


CONSIDERANDO:

Que, a la Asamblea del Consejo Económico y Social de Guatemala, le corresponde estudiar y aprobar el presupuesto anual de la Institución, conforme a lo establecido en la literal e) del artículo 12 del Decreto Número 2-2012 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Consejo Económico y Social de Guatemala.


CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 50 del Reglamento Interno del Consejo Económico y Social de Guatemala, corresponde a la Asamblea aprobar el presupuesto de ingresos y egresos del Consejo, y deberá incluir las disposiciones complementarias para la ejecución presupuestaria.


CONSIDERANDO:

Que la Secretaría Técnica del Consejo Económico y Social de Guatemala, ha presentado a la Asamblea del Consejo, el Proyecto de Presupuesto de Ingresos y Egresos para el ejercicio fiscal 2019, para su aprobación correspondiente, con el propósito de que este pueda contar con las previsiones financieras que permitan el funcionamiento institucional del año dos mil diecinueve.


CONSIDERANDO:

Que el Congreso de la República de Guatemala a través del Decreto Número 25-2018, aprueba el Presupuesto de Ingresos y Egresos del Estado de Guatemala para el Ejercicio Fiscal 2019, en el cual se incluye al Consejo Económico y Social de Guatemala con una asignación presupuestaria por un monto de ocho millones (Q8,000,000.00), programado en Obligaciones del Estado a Cargo del Tesoro; adicionalmente el CES programa percibir una estimación de cien mil quetzales (Q100,000.00), de ingresos propios provenientes de intereses bancarios, las asignaciones anteriores financiarán las actividades de funcionamiento, para el ejercicio fiscal dos mil diecinueve contenidas en el Plan Operativo Anual (POA).


POR TANTO:

Con base en lo considerado y lo que para el efecto establece el Decreto Número 2-2012 del Congreso de la República "Ley Orgánica del Consejo Económico y Social de Guatemala". RESUELVE APROBAR EL:


PRESUPUESTO DE INGRESOS Y EGRESOS DEL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL DE GUATEMALA
PARA EL EJERCICIO FISCAL DOS MIL DIECINUEVE.


TÍTULO I. PRESUPUESTO DE INGRESOS:

 
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