ACUERDO MINISTERIAL 191-2018
Se Acuerda Autorizar la prórroga de los Contratos Abiertos celebrados por la Dirección Normativa de Contrataciones y Adquisiciones del Estado del Ministerio de Finanzas Públicas, conjuntamente con la Dirección General de Educación Física (DIGEF).
ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 191-2018
Guatemala, 10 de abril de 2,018
EL MINISTRO DE FINANZAS PÚBLICAS
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece en sus artículos 1 y 44 que el fin supremo del Estado es la realización del bien común y que el interés social prevalece sobre el interés particular. Asimismo, en su artículo 94 establece que es deber del Estado velar por la asistencia social de todos los habitantes.
CONSIDERANDO:
Que mediante Acuerdo Ministerial número 131-2017 de fecha veinticinco (25) de abril de dos mil diecisiete (2017), el Viceministro de Finanzas Públicas, Encargado del Despacho, del Ministerio de Finanzas Públicas, autorizó la prórroga de los contratos abiertos del Concurso Nacional de Oferta de Precios DNCAE número cero cinco guion dos mil catorce (DNCAE No. 05-2014), para suministro de "ALIMENTOS SERVIDOS PARA PERSONAS", celebrados entre la Dirección Normativa de Contrataciones y Adquisiciones del Estado del Ministerio de Finanzas Públicas y la Dirección General de Educación Física (DIGEF) del Ministerio de Educación y el Consejo Nacional de la Juventud (CONJUVE) de la Presidencia de la República, con un plazo de doce meses, contrato que vence el día trece (13) de abril de dos mil dieciocho (2018).
CONSIDERANDO:
Que el Juez de Control de Ejecución de Medidas para Adolescentes en Conflicto con la Ley Penal, en oficio de fecha cuatro (4) de abril de dos mil dieciocho (2018), sustentado en el auto de misma fecha dentro de la misma Judicatura, ordenó prorrogar los contratos descritos en el considerando anterior, por un plazo equivalente a dos meses, contados a partir del trece (13) de abril de dos mil dieciocho (2018).
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo al auto anteriormente citado, el Juez teniendo conocimiento que aun existiendo la prohibición expresa en el artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado de no prorrogar los contratos abiertos por más de una vez, situación que fue realizada en el dos mil diecisiete (2017), ordena prorrogar los contratos abiertos con el propósito de evitar el desabastecimiento de estos productos, por lo que el Ministro de Finanzas Públicas en cumplimiento a lo ordenado por el Juez autoriza la prórroga de los contratos del evento relacionado.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 194 literales a) y f), de la Constitución Política de la República de Guatemala y con base en lo preceptuado en la Convención sobre los Derechos del Niño; los artículos 27 literales a) y m), 35 literal t) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; 46, 46 Bis literal i), 51 del Decreto número 57-92 del Congreso de la República Ley de Contrataciones del Estado; artículo 43 del Acuerdo Gubernativo número 122-2016, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; Decreto número 27-2003 del Congreso de la República, Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia; y oficio sin número de fecha cuatro (4) de abril de dos mil dieciocho (2018), emitido por el Abogado, Carlos Arsenio Pérez Cheguen, Juez de Control de Ejecución de Medidas Para Adolescentes en Conflicto con la Ley Penal.
ACUERDA
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