ACUERDO MINISTERIAL  131-2017

Se autoriza la prórroga de los contratos abiertos, correspondientes al concurso nacional de oferta de precios número DNCAE No. 05-2014, para "SUMINISTROS DE ALIMENTOS PARA PERSONAS" por un plazo de doce meses.


ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 131-2017

Guatemala, 25 de abril de 2017


EL VICEMINISTRO DE FINANZAS PÚBLICAS
ENCARGADO DEL DESPACHO


CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece en sus artículos 1 y 44 que el fin supremo del Estado es la realización del bien común y que el interés social prevalece sobre el interés particular. Asimismo, en su artículo 94 establece que es deber del Estado velar por la asistencia social de todos los habitantes.


CONSIDERANDO

Que con fecha veinte (20) de abril del año en curso se emitió la resolución número cincuenta y ocho (58) que resolvió revocar de oficio el Acuerdo Ministerial número ciento veintitrés guion dos mil diecisiete (123-2017) de fecha diez (10) de abril del presente año, que prorrogó el contrato abierto del Concurso Nacional de Oferta de Precios DNCAE 05-2014, para suministro de "ALIMENTOS SERVIDOS PARA PERSONAS"; en consecuencia las actuaciones se retrotraen a la fecha del hecho que motivó la revocatoria de oficio.


CONSIDERANDO

Analizado y notificado el hecho que motivó la revocatoria, la Dirección Normativa de Contrataciones y Adquisiciones del Estado del Ministerio dé Finanzas Públicas, llevó a cabo el procedimiento de prórroga con base en el artículo 21 del Decreto 46-2016 del Congreso de la República de Guatemala, y contando con las resoluciones del Consejo Nacional de la Juventud (CONJUVE) de la Presidencia de la República, Dirección General de Educación Física (DIGEF) del Ministerio de Educación y del Ministerio de Finanzas Públicas como entidades contratantes del evento de mérito, las cuales justifican la necesidad de la continuidad de la prestación del servicio; por lo que el Ministerio de Finanzas Públicas, en cumplimiento con lo establecido en la Constitución Política de la República, considera autorizar la prórroga de los contratos del evento relacionado, con el propósito de evitar el desabastecimiento de estos productos en el sector de alimentos.


POR TANTO

En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 194 literales a) y f), de la Constitución Política de la República de Guatemala y con base en lo preceptuado en los artículos 27 literales a) y m), 35 literal t) del Decreto número 114-97, Ley del Organismo Ejecutivo; 46 y 46 Bis literal i) del Decreto No. 57-92 del Congreso de la República ley de Contrataciones del Estado, 21 Transitorio del Decreto número 46-2016, ambos del Congreso de la República de Guatemala.


ACUERDA

 
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