ACUERDO  13-2018

Se Acuerda Modificar El Artículo 3 Del Acuerdo 43-2010 De La Corte Suprema De Justicia.

*Derogado por el Acuerdo Número 35-2018 de fecha 06-06-2018


ACUERDO NÚMERO 13-2018


CONSIDERANDO

Que es facultad de la Corte Suprema de Justicia emitir las disposiciones pertinentes para hacer efectivo y eficaz el funcionamiento de cada uno de los órganos jurisdiccionales creados específicamente distribuir la competencia por razón de la materia, cuantía y de territorio.


CONSIDERANDO

Que en Acuerdo número 19-2010 la Corte Suprema de Justicia estableció la organización y funcionamiento de los Juzgados de Paz Penal de 24 horas, y mediante Acuerdo 43-2010 se definió la competencia territorial de los órganos jurisdiccionales penales correspondientes al Municipio de Villa Nueva, departamento de Guatemala es necesario actualizar el Acuerdo 43-2010, para establecer en forma clara y específica la competencia territorial y material del Juzgado de Paz Penal de 24 horas del Municipio de Villa Nueva, departamento de Guatemala, con el objetivo de que la misma sea eficaz y tutelar de los derechos de la población especialmente de los niños y adolescentes en conflicto con la Ley Penal.


POR TANTO

La Corte Suprema de Justicia, con fundamento en lo considerado y lo que preceptúan los artículos 20, 51, 203, 205 y 207 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 3 y 12 de la Convención sobre los Derechos del Niño; 99, 104, 109 y 116 de la Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia; 51, 53, 54 literales a) y f), 57, 58, 74, y 77 de la Ley del Organismo Judicial; 1, 5, 6, 7, 8, 9, 33 del Reglamento de Gestión de Juzgados y Salas con Competencia en Materia de la Niñez y Adolescencia y de Adolescentes en Conflicto con la Ley penal, e integrada como corresponde,


ACUERDA

 
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