ACTA MUNICIPAL 16-2017.4
Se Acuerda REGLAMENTO INTERNO DE CONCESIÓN DE LICENCIAS DE OPERACIÓN PARA EL TRANSPORTE URBANO COLECTIVO EN EL MUNICIPIO DE SAN SEBASTIÁN HUEHUETENANGO DEL DEPARTAMENTO DE HUEHUETENANGO.
EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE SAN SEBASTIAN HUEHUETENANGO, DEL DEPARTAMENTO DE HUEHUETENANGO,
CERTIFICA:
TENER A LA VISTA EL LIBRO DE ACTAS DE SESIONES MUNICIPALES EXTRAORDINARIAS, CELEBRADAS POR EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL ACTUALMENTE EN USO, EN EL CUAL SE ENCUENTRA EL ACTA NÚMERO 16-2017, DE FECHA TREINTA DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECISIETE, DONDE SE ENCUENTRA INSERTO EL PUNTO CUARTO QUE LITERALMENTE DICE:
CUARTO: El Honorable Concejo Municipal en pleno, considerando que al momento se carece de un reglamento que regule el transporte urbano colectivo de esta área territorial y jurisdicción,
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala y el artículo 68 literal c) del Código Municipal, Decreto Número doce guión dos mil dos (12-2002) del Congreso de la República: los municipios son instituciones autónomas a los que entre otras atribuciones les corresponde la prestación de los servicios públicos locales, y les compete la regulación del transporte de pasajeros y carga, así como de parqueos o estacionamientos o terminales locales.
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el artículo sesenta y siete (67) del Código Municipal, Decreto número doce guión dos mil dos (12-2002) del Congreso de la República, el municipio puede promover toda clase de actividades económicas, sociales, culturales, ambientales y prestar los servicios públicos necesarios como el Servicio de Transporte Público Colectivo Urbano, para mejorar la calidad de vida de sus habitantes y satisfacer las necesidades de la población en general.
CONSIDERANDO:
Que, en el municipio de San Sebastián Huehuetenango del departamento de Huehuetenango, por su naturaleza de desarrollo, cuenta con las vías de acceso para la mayoría de sus comunidades en donde se facilita el traslado de una a otra comunidad.
CONSIDERANDO:
Que al momento vienen funcionado de forma irregular, desorganizada e informal el servicio de transporte urbano, a través de vehículos microbuses ruleteros, camionetas y Pick Up para carga de pasajeros y de cosas en diferentes sectores del área territorial y mototaxis denominados Tuc Tuc.
CONSIDERANDO:
Que haciéndose necesaria la normativa, regulación y ordenamiento de estas clases de transporte, conveniente es la emisión de un reglamento que lo garantice:
CONSIDERANDO:
Que es parte de las atribuciones generales del Concejo Municipal la iniciativa, deliberación y decisión de los asuntos municipales; el ordenamiento territorial y control urbanístico de la circunscripción municipal; la emisión y aprobación de acuerdos, reglamentos y ordenanzas municipales; así como competencias propias del municipio; la regulación del transporte de Pasajeros y carga, lugares de estacionamiento, la prestación de los servicios públicos y el otorgamientos de los servicios en concesión,
POR TANTO:
En base a los considerandos y con las facultades que le confieren los artículos 1, 3, 4, 6, 7, 9, 17 I), 33, 38, 67, 68 c), 72, 73, 74, 75, 76, 77, 105, 140, 142, 150, 151, 152 y 171 del CÓDIGO MUNICIPAL Y SUS REFORMAS, Decreto doce guión dos mil dos (12-2002) del Congreso de la República; 2, 3, 4, 6, 7, 8 y 9 de la Ley de Transportes, Decreto número doscientos cincuenta y tres del Congreso de la República, se aprueba el
"REGLAMENTO INTERNO DE CONCESIÓN DE LICENCIAS DE OPERACIÓN
PARA EL TRANSPORTE URBANO COLECTIVO EN EL MUNICIPIO DE SAN
SEBASTIÁN HUEHUETENANGO DEL DEPARTAMENTO DE HUEHUETENANGO"
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO ÚNICO
MARCO GENERAL
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