ACTA MUNICIPAL  33-2017.10

Reglamento Para El Uso De Telefonía Móvil Y Línea Fija De La Municipalidad De Villa Canales, Guatemala.


PUNTO 10°., ACTA NÚMERO 33-2017
SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 12 DE JULIO DE 2017

Concejo Municipal


CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República de Guatemala, al tenor del Artículo 253 establece que los municipios de la República de Guatemala son instituciones autónomas;


CONSIDERANDO:

Que los avances tecnológicos y la necesidad de disponer de una comunicación más fluida que mejore la gestión de las entidades del sector público, hacen imprescindible el acceso al servicio de telefonía celular;


CONSIDERANDO:

Que el giro de la actividad municipal que realizan los distintos funcionarios públicos, en muchos casos en sitios fuera de las instalaciones municipales y fuera de horas laborales, hacen imprescindible la dotación de los mecanismos tecnológicos que faciliten su gestión y comunicación;


CONSIDERANDO:

Que el artículo 35, literal "i" del Decreto 12-2002 del Congreso de la República, establece como una atribución del Concejo Municipal la emisión y aprobación de acuerdos, reglamentos, y ordenanzas municipales;


POR TANTO:

En ejercicio de las atribuciones que le confiere los Artículos 253 de la Constitución de la República de Guatemala, el Artículo 33 y Artículo 34 del Decreto número 12-2002 por unanimidad;


ACUERDA:

Emitir y aprobar el presente


Reglamento Para Uso De Telefonía Móvil Celular y Línea Fija
de la Municipalidad de Villa Canales, departamento de Guatemala

 
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