RESOLUCIÓN 01-2017
Ampliación Al Presupuesto De Ingresos Y Egresos Del Concejo Económico Y Social De Guatemala Para El Ejercicio Fiscal 2017
RESOLUCIÓN NÚMERO 01-2017
26 de julio de 2017
LA ASAMBLEA DEL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con lo que establece el artículo 1 del Decreto Número 2-2012 del Congreso de la República de Guatemala "Ley Orgánica del Consejo Económico y Social de Guatemala" el Consejo constituye un órgano consultivo del Estado, es una Institución permanente de derecho público con personalidad jurídica, patrimonio y presupuesto propio, goza de autonomía para el cumplimiento de sus fines y se rige por su propia ley orgánica.
CONSIDERANDO:
Que a la Asamblea del Consejo Económico y Social de Guatemala, le corresponde estudiar y aprobar el presupuesto anual de la Institución, conforme a lo establecido en la literal e) del artículo 12 del Decreto Número 2-2012 del Congreso de la República de Guatemala "Ley Orgánica del Consejo Económico y Social de Guatemala.
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 50 del Reglamento Interno del Consejo Económico y Social de Guatemala, corresponde a la Asamblea aprobar las modificaciones que amplíen o disminuyan el presupuesto aprobado para cada ejercicio fiscal.
CONSIDERANDO:
Que en virtud de lo expuesto, la Secretaría Técnica del Consejo Económico y Social de Guatemala, ha presentado a la Asamblea del Consejo, el Proyecto de Ampliación del Presupuesto de Ingresos y Egresos del ejercicio fiscal 2017, para su aprobación correspondiente, con el propósito de contar con las previsiones financieras que permitan el funcionamiento institucional y la ejecución de su Plan Operativo Anual.
CONSIDERANDO:
Que de los aportes percibidos en el año 2016 por parte del Ministerio de Finanzas Públicas, así como la ejecución presupuestaria en ese mismo período, existe un saldo de caja generado al 31 de diciembre de 2016 y por el insuficiente presupuesto asignado para el ejercicio dos mil diecisiete se hace necesario utilizar esos recursos financieros por un monto de un millón quinientos mil quetzales (Q1,500,000.00), recursos que forman parte del patrimonio del CES y que serán incorporados al presupuesto del presente ejercicio; asimismo, la estimación de intereses bancarios por la suma de diez mil quetzales (Q10,000.00).
POR TANTO:
Con base en lo considerado y lo que para el efecto establece el Decreto Número 2-2012 del Congreso de la República "Ley Orgánica del Consejo Económico y Social de Guatemala", en el Artículo 12, literal e). RESUELVE APROBAR:
AMPLIACION AL PRESUPUESTO DE INGRESOS Y EGRESOS DEL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL DE GUATEMALA PARA EL EJERCICIO FISCAL DOS MIL DIECISIETE
TÍTULO I.
PRESUPUESTO DE INGRESOS
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