ACUERDO GUBERNATIVO 170-2017
Se aprueba la ampliación del presupuesto de ingresos y egresos del Concejo Nacional para la protección de la antigua Guatemala, (CNPAG) correspondiente al ejercicio fiscal 2017
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 170-2017
Guatemala, 1 de agosto de 2017
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, aprobado para cada ejercicio fiscal, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común Indivisible destinado exclusivamente a cubrir sus egresos;
CONSIDERANDO:
Que el Decreto número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala. Ley Orgánica del Presupuesto, y su Reglamento, establecen que cuando se amplíe el Presupuesto de las Entidades Descentralizadas, se realizará por medio de Acuerdo Gubernativo, previa opinión del Ministerio de Finanzas Públicas;
CONSIDERANDO:
Que el Consejo Nacional para la Protección de La Antigua Guatemala (CNPAG), solicitó autorización para ampliar su Presupuesto de Ingresos y Egresos correspondiente al Ejercicio Fiscal 2017, con fuente de financiamiento 32 Disminución de caja y bancos de ingresos propios, la cual fue aprobada en el punto 5. inciso 5.1 del Acta número 18-2017 de la sesión celebrada por la Junta Directiva de esa Entidad, el 30 de mayo de 2017, que tiene como propósito cubrir compromisos salariales con el personal de la Entidad, gastos operativos y de transferencias corrientes;
CONSIDERANDO:
Que al tenor de lo que preceptúa el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala. Ley Orgánica del Presupuesto, en sus artículos 13, 29 y 29 Bis. la asignación no obliga a la realización de los gastos y las autoridades del Consejo Nacional para la Protección de La Antigua Guatemala (CNPAG). serán autorizadores de egresos en cuanto a su respectivo presupuesto, por lo que son responsables de la programación y ejecución de la ampliación presupuestaria solicitada y de la correcta utilización de los créditos aprobados en el presente acuerdo:
CONSIDERANDO:
Que se han cumplido los requisitos legales correspondientes y tomando en cuenta el Dictamen número de fecha ,emitido por la Dirección Técnica del Presupuesto, y la Resolución número de fecha , del Ministerio de Finanzas Públicas.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala en el Artículo 183, literales e) y q), y con fundamento en lo que preceptúa el Artículo 41, literal a) del Decreto número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala. Ley Orgánica del Presupuesto, así como lo que establece el Artículo 44 del Acuerdo Gubernativo Número 540-2013, Reglamento de la citada Ley:
ACUERDA:
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