ACTA MUNICIPAL  30-2017

Reglamento de Gestión Integral de Residuos y Desechos Sólidos, del Municipio de Cantel Departamento de Quetzaltenango.

ACTA NÚMERO 30-2017

EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE CANTEL, DEPARTAMENTO DE QUETZALTENANGO: CERTIFICA: Tener a la vista el libro de Actas de Sesiones Ordinarias del Concejo Municipal de la Municipalidad de Cantel, en la cual se encuentra inscrita el ACTA NUMERO TREINTA GUION DOS MIL DIECISIETE, de fecha quince de abril del año dos mil diecisiete (15-04-2017), que en su parte conducente punto cuarto, literalmente se lee.

ACTA NÚMERO TREINTA GUION DOS MIL DIECISIETE (30-2017. de la sesión pública Ordinaria celebrada por la honorable Corporación Municipal del Municipio de Cantel, departamento de Quetzaltenango, siendo las siete horas del día quince de abril del año dos mil diecisiete (15-04-2017), en las instalaciones del edificio municipal del Municipio de Cantel, departamento de Quetzaltenango, reunidos se encuentran los miembros del Concejo Municipal, el cual es presidido por el Alcalde Municipal, Licenciado Hugo Salomé Xec Morales; Sindico Primero: Martin Camacho García; Sindico Segundo: Felipe Hernández Sacalxot; Sindico Suplente I; Marcial Fernando Pum López; Concejal Primero: José Yacabalquiej Aguilar; Concejal Segundo: Laureano Guadalupe Chávez Salanic; Concejal Tercero: Abraham Garcia Hernández; Concejal Cuarto: Alfonso Nolasco Ordoñez; Concejal Quinto: Víctor Joaquín Tayún Yac; Concejal Suplente I: Santiago García Az; Concejal Suplente II: Abelino Puac García, y como Secretario Municipal Carlos Enrique Quiroa Hernández, con el objeto de dejar constancia de lo siguiente: PRIMERO:... SEGUNDO:... TERCERO:... CUARTO:... Acto seguido los señores miembros del Honorable Concejo Municipal, proceden a la lectura, revisión y aprobación del REGLAMENTO DE GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS Y DESECHOS SÓLIDOS, DEL MUNICIPIO DE CANTEL DEPARTAMENTO DE QUETZALTENANGO.


CONSIDERANDO:

Que el Articulo 97 de la Constitución Política de la República de Guatemala establece: Que el Estado, las municipalidades y los habitantes del territorio nacional están obligados a propiciar el desarrollo social, económico y tecnológico que prevenga la contaminación del ambiente y mantenga el equilibrio ecológico. Se dictarán todas las normas necesarias para garantizar que la utilización y el aprovechamiento de la fauna, de la flora, de la tierra y del agua, se realicen racionalmente, evitando su depredación.


CONSIDERANDO:

Que el Articulo 102 del Decreto 90-97 Código de Salud establece: Que corresponde a las municipalidades la prestación de los servicios, de limpieza, recolección, tratamiento y disposición final de los residuos y desechos sólidos de acuerdo con las leyes especificas y en cumplimiento de las normas sanitarias aplicables. Las municipalidades podrán utilizar lugares para la disposición de residuos y desechos sólidos o construcción de los respectivos rellenos sanitarios.


CONSIDERANDO:

Que el crecimiento urbano, poblacional y la concentración de actividades industriales, comerciales y servicios en el municipio, han aumentado considerablemente la contaminación ambiental, lo que hace necesaria la creación de una norma jurídica municipal que permita normar, reglamentar, velar por la organización, funcionamiento, clasificación, tratamiento, disposición final de los residuos y desechos sólidos y de las acciones tendientes a la prevención del deterioro ecológico y ambiental provocada por los residuos y desechos sólidos municipales.


POR TANTO

En uso de las facultades que le confieren los artículos 97,253 de la Constitución Política de la República de Guatemala; los artículos, 68,72, 80,102,105,106,107,108 del Decreto 90-97 Código de Salud; Artículos 12,13 del Decreto 68-86 Ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente; y los artículos 3, 7, 9,35, inciso e, i, n, y; 68, inciso a; y 70, inciso d, 72, del Código Municipal Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala, y sus reformas decreto 22-2010. POR UNANIMIDAD


ACUERDA:

I) Aprobar el


REGLAMENTO DE GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS
Y DESECHOS SÓLIDOS, DEL MUNICIPIO DE
CANTEL DEPARTAMENTO DE QUETZALTENANGO,

el cual ha sido leído y revisado en la presente sesión:


TÍTULO PRIMERO
Disposiciones generales
CAPÍTULO PRIMERO
Disposiciones generales

 
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