ACUERDO  62-2016

Aprobación de la ampliación del Presupuesto de ingresos y egresos del organismo judicial para el ejercicio fiscal 2016 del Registro Nacional de las Personas -RENAP-


ACUERDO DE DIRECTORIO NÚMERO 62-2016


APROBACIÓN DE LA AMPLIACIÓN PRESUPUESTARÍA NÚMERO UNO AL PRESUPUESTO DE INGRESOS Y EGRESOS DEL
REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS PARA EL EJERCICIO FISCAL DOS MIL DIECISÉIS


EL DIRECTORIO DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS -RENAP-

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con los artículos 1, 2 y 48 del Decreto número 90-2005 del Congreso de la República, Ley del Registro Nacional de las Personas, el RENAP es una entidad autónoma, de derecho público, con personalidad jurídica, plena capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones, con patrimonio propio constituido por recursos financieros que le asigna el Estado y recursos propios derivados de los servicios que presta; encargada de organizar y mantener el registro único de identificación de las personas naturales, inscribir los hechos y actos relativos a su estado civil, capacidad civil y demás datos de identificación, desde su nacimiento hasta la muerte, así como la emisión del Documento Personal de Identificación.


CONSIDERANDO:

Que según la literal k) del artículo 15 de la referida Ley, se le atribuye al Directorio, como órgano de dirección superior, la aprobación del Proyecto de Presupuesto de Ingresos y Egresos de la institución; en ese mismo sentido, el Acuerdo de Directorio número 107-2015, en su artículo 14, estipula que el Directorio del Registro Nacional de las Personas aprobará las ampliaciones y/o disminuciones que afecten el Presupuesto de Ingresos y Egresos del Registro Nacional de las Personas para el ejercicio fiscal dos mil dieciséis (2016); y,


CONSIDERANDO:

Que es necesario reflejar en el Presupuesto de ingresos y Egresos del Registro Nacional de las Personas -RENAP- para el ejercicio fiscal dos mil dieciséis (2016), el impacto que tendrá el incremento a la meta física Inscripciones extemporáneas de nacimiento realizadas" por la cantidad diez mil (10,000) inscripciones, solicitada por el Registro Central de las Personas; cambios presentados en la segunda modificación al Plan Operativo Anual -POA- del año dos mil dieciséis (2016); por lo que al aprobarse la referida modificación se incrementará la estimación de ingresos en la fuente de financiamiento treinta y uno (31) "Ingresos Propios", por las razones expuestas en el Dictamen Presupuestario número cero treinta y ocho guión dos mil dieciséis (038-2016), Ampliación Presupuestaria número cero uno (01), del Departamento de Presupuesto de la Dirección de Presupuesto; por lo que es preciso ampliar el Presupuesto de la Institución en DOSCIENTOS CINCUENTA MIL QUETZALES (Q.250,000.00), razón por la cual se modificará el Presupuesto Institucional vigente de TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL CIENTO TREINTA Y DOS QUETZALES CON CINCUENTA Y SEIS CENTAVOS (Q.369,339,132.56) a un Presupuesto Institucional vigente de TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL CIENTO TREINTA Y DOS QUETZALES CON CINCUENTA Y SEIS CENTAVOS (Q.369,589,132.56) para el ejercicio fiscal dos mil dieciséis (2016), lo cual quedó consignado en el Acta de Directorio número setenta guión dos mil dieciséis (70-2016), de la sesión ordinaria celebrada el treinta y uno de octubre de dos mil dieciséis, por lo que es procedente emitir la disposición que permita la ejecución de lo resuelto.


POR TANTO:

Con base en lo considerado y lo preceptuado en los artículos 1,9,10 Bis, 13 y 15 literales c), k) y o); 45,48 y 49 del Decreto número 90-2005 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Registro Nacional de las Personas; y 14 del Acuerdo de Directorio del Registro Nacional de las Personas número 107-2015, que aprueba el Presupuesto de Ingresos y Egresos para el Ejercicio Fiscal dos mil dieciséis (2016).


ACUERDA:

 
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