ACTA MUNICIPAL  11-2016.3

Se acuerda crear la policía de transito del municipio de Guastatoya, el progreso.


ACTA NÚMERO 11 -2016

LA INFRASCRITA SECRETARIA DE LA MUNICIPALIDAD DE GUASTATOYA, DEL DEPARTAMENTO DE EL PROGRESO. CERTIFICA: QUE PARA SU CUMPLIMIENTO Y EFECTOS CONSIGUIENTES. SE TRANSCRIBE EL PUNTO TERCERO DEL, ACTA 11-2016. DE FECHA CUATRO DE MARZO DE DOS MIL DIECISEIS. DEL LIBRO 20 DE SESIONES EXTRAORDINARIAS, LA QUE COPIADA EN SU PARTE CONDUCENTE ESTABLECE:

ACTA NUMERO ONCE GUIÓN DOS MIL DIECISEIS (11-2016).- En la ciudad de Guastatoya, departamento de El Progreso, cuando son las diecisiete horas del día CUATRO DE MARZO DE DOS MIL DIECISEIS, reunidos en el lugar que ocupa el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Municipal, ubicado en la planta baja del Edificio Municipal, contando con la presencia del Señor Licenciado JORGE ANTONIO ORELLANA PINTO. Alcalde Municipal, y con la asistencia de los señores: KAREN LISSETTE TRABANINO SABÁN, ALVARO ANTONIO ORELLANA ORELLANA Síndico Primero y Segundo respectivamente, NERY ROLANDO ARCHILA ORELLANA, GUILLERMO ENRIQUE ESTRADA RAMIREZ, ESTRADA Y EDWING OSVALDO LOPEZ GARCIA. Concejales Primero, Segundo, y Cuarto, se hace constar que el Señor Jorge Mario veliz Estrada, Concejal Tercero, no comparece en la presente sesión, toda vez que está resolviendo su situación Jurídica en el Tribunal Supremo Electoral en relación al cargo electo, y la Licenciada ELENA ERMELY CALDERON FAJARDO, Secretaria Municipal, que autoriza y certifica para hacer constar lo siguiente...

TERCERO

CREACION DE LA POLICIA MUNICIPAL DE TRANSITO DEL MUNICIPIO DE GUASTATOYA DEL DEPARTAMENTO DE EL PROGRESO.- El Honorable Concejo Municipal de la ciudad de Guastatoya del Departamento de El Progreso. CONSIDERANDO Que el Honorable Concejo Municipal de la ciudad de Guastatoya del departamento de El Progreso, en el punto Segundo del acta 8-2016, de fecha diez de febrero de dos mil dieciséis, del libro veinte de sesiones extraordinarias, fue Creado el Juzgado de Asuntos Municipales del Municipio de Guastatoya del departamento de El Progreso, el que tiene la capacidad de ejecución de las ordenanzas y el cumplimiento de los reglamentos y demás disposiciones municipales mediante el ejercicio de la facultad que otorga la Constitución Política de la República de Guatemala, Código Municipal y leyes conexas.


CONSIDERANDO:

Que la Municipalidad de Guastatoya, del departamento de El Progreso, posee los recursos necesarios, proyectos, planes de tránsito; y obras de infraestructura vial ejecutadas y en proceso de ejecución, para el funcionamiento de la Policía Municipal de Tránsito.


CONSIDERANDO

Que de conformidad con lo establecido en el Código Municipal y sus Reformas establece que en el ejercicio de la autonomía que la Constitución Política de la República garantiza al municipio, este elige a sus autoridades y ejerce por medio de ellas el gobierno y la administración de sus intereses, emitiendo ordenanzas y reglamentos. Para el cumplimiento de los fines que le son inherentes coordinará sus políticas con las políticas generales del Estado y en su caso, con la política especial del ramo al que corresponda.


POR TANTO:

Con fundamento en los considerandos y artículos 253, 254, 255, 257, 259, 261 y 262, de la Constitución Política de la República de Guatemala, y artículos 2, 3, 5, 6, 7, 8, 9, 11, 12, 13, 15, 17, 23, 25, 33, 34, 35, 36, 68, 70, 71, 72, 73, 74, 75, 76, 77, 79, 80, 100, 126, 150, 151, 152, 153, 154, 155, 157, 157, 158, 159, 160, 161, 162, 165, 166, 167, 168, 169, 170, 171, del Decreto 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala, "Código Municipal y sus Reformas", El Honorable Concejo Municipal del municipio de Guastatoya del Departamento de El Progreso, por MAYORIA ABSTOLUTA DE VOTOS,


ACUERDA:

 
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