ACTA MUNICIPAL 43-2016
REGLAMENTO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE MOTO TAXIS ROTATIVOS DEL MUNICIPIO DE SAN LUIS JILOTEPEQUE, DEPARTAMENTO DE JALAPA.
EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL, DEL MUNICIPIO DE SAN LUIS JILOTEPEQUE, DEPARTAMENTO DE JALAPA; CERTIFICA: QUE HA TENIDO A LA VISTA EL LEGAJO DE HOJAS MOVIBLES, QUE CONFORMAN EL LIBRO DE SESIONES MUNICIPALES EN USO, EN EL CUAL A FOLIOS NUMEROS TRESCIENTOS TRECE AL TRESCIENTOS VEINTE (313 Y 320), SE ENCUENTRA EL ACTA NÚMERO 43-2016 QUE COPIADA LITERALMENTE DICE: ACTA NÚMERO 43-2016. Sesión Pública Ordinaria celebrada por la Municipalidad de San Luis Jilotepeque, departamento de Jalapa, el día jueves veintitrés de junio del año dos mil dieciséis, cuando son las diecinueve horas con diez minutos, reunidos los asistentes en el despacho municipal, ubicado en el interior del Palacio Municipal de ésta población, la cual fue presidida por el Alcalde Municipal, Ciudadano: Carlos Alberto Pinto Abzún, con la asistencia de todos los miembros del Honorable Concejo Municipal, Ciudadanos: Síndico Primero: Mario René López Méndez. Síndico Segundo: Alidio Aníbal Miguel Méndez, Concejal Primero: Francisco Pinto Galicia, Concejal Segundo: Félix Orlando Zárat Agustín, Concejal Tercero: Lorena Marilu Esteban Gómez de Hernández, Concejal cuarto: Armando Ottoniel Portillo Arreaga, Concejal Quinto: Juan de la Cruz Felipe Damián, actuando como Secretario Municipal Pedro Alberto Miguel López; quien suscribe la presente, para dejar constancia de lo siguiente. PRIMERO: El Alcalde Municipal da la bienvenida a los presentes... SEGUNDO: Se entra a conocer el oficio sin número de fecha veintitrés de junio del año dos mil dieciséis, girado por el Director de la Oficina de Transportes Municipal, en el cual solicita la aprobación del REGLAMENTO PARA LA PRESTACION DEL SERVICIO DE MOTO-TAXIS ROTATIVOS DEL MUNICIPIO DE SAN LUIS JILOTEPEQUE DEL DEPARTAMENTO DE JALAPA. CONSIDERANDO: Que el artículo 34 del Código Municipal Decreto 12-2002, del Congreso de la República, dice: El Concejo Municipal emitirá su propio reglamento interno de organización y funcionamiento, los reglamentos y ordenanzas para la organización y funcionamiento de sus oficinas, así como el reglamento de personal, reglamento de viáticos y demás disposiciones que garanticen la buena marcha de la Administración Municipal, en el presente caso es conveniente y urgente para los intereses de la municipalidad aprobar el reglamento antes indicado, POR TANTO: Este Concejo Municipal después de deliberar con relación al presente caso, por unanimidad de votos, ACUERDA: I) Aprobar el REGLAMENTO PARA LA PRESTACION DEL SERVICIO DE MOTO-TAXIS ROTATIVOS DEL MUNICIPIO DE SAN LUIS JILOTEPEQUE DEL DEPARTAMENTO DE JALAPA. II) Manda se publique durante el término de ley en el Diario Oficial de Centro América para su respectiva vigencia. III) Dicho reglamento queda aprobado en la forma que se copia a continuación: CONSIDERANDO: Que la Constitución Política de la República establece que las municipalidades son entes autónomos y en sus decisiones se basan en el Código Municipal para regular los servicios públicos que se prestan dentro de su circunscripción territorial, de conformidad con los acuerdos, reglamentarios y ordenanzas que la comuna emita y que las leyes pertinentes demanden. CONSIDERANDO: Que actualmente se encuentran circulando vehículos tipo motocicleta de tres ruedas, comúnmente denominados MOTO-TAXIS o TUC - TUC en el área urbana del Municipio de San Luis Jilotepeque departamento de Jalapa, prestando servicio colectivo. CONSIDERANDO: Que dichos vehículos están prestando un servicio al público sin estar regulados en el Reglamento de Tránsito y que es obligación de las municipalidades normar lo relativo al tránsito y transporte de personas dentro de su jurisdicción municipal. CONSIDERANDO: Que es obligación legal del Estado garantizar la vida, el bienestar social y económico, así como la salud de los habitantes, por lo que la Municipalidad de San Luis Jilotepeque, departamento de Jalapa, apegada a los preceptos constitucionales que nos rigen toma la determinación de cumplir con tal cometido dentro de su jurisdicción en beneficio de los intereses de sus vecinos. POR TANTO: En uso de las facultades que le confieren los artículos 253, 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala: Artículos 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 22, y 35 literales e), e i), 68 inciso c) del código municipal.
ACUERDA Emitir el siguiente:
REGLAMENTO PARA LA PRESTACION DEL SERVICIO DE MOTO TAXIS ROTATIVOS
DEL MUNICIPIO DE SAN LUIS JILOTEPEQUE, DEPARTAMENTO DE JALAPA.
I DISPOSICIONES GENERALES.
- Buscado: 935 veces.
- Ficha Técnica: 4 veces.
- Imagen Digital: 4 veces.
- Texto: 4 veces.
- Formato PDF: 0 veces.
- Formato Word: 3 veces.